En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió una demanda por despido injustificado de un trabajador de una tienda deportiva.
La sentencia indica que en mérito de lo razonado en la sentencia de primera instancia que se revisa, no se advierte que el Juez haya incurrido en una vulneración del debido proceso y menos que ello tenga el carácter de sustancial.
Agrega que en la especie, además cabe advertir que no existe por parte del Juez del grado infracción al artículo 1698 del Código Civil, toda vez que como ya se ha dicho la parte recurrente tuvo la posibilidad de desvirtuar los hechos alegados por la demandante de primera instancia y lo que simplemente ha hecho es recurrir por esta vía, pretendiendo rectificar por la vía de la infracción de nulidad, tratando de vincular a las partes, en el establecimiento de una dinámica vinculadas a un incidente de violencia que, supuestamente habría dado origen al despido. Dichas circunstancias conforme se ha razonado en la sentencia del grado mal podría haber influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia.
Además se considera que los cuestionamientos formulados por el recurrente no se ajustan a esos lineamientos porque, a fin de cuentas, lo que busca es establecer hechos que no se dieron por comprobados en la sentencia, esto es, que la causal que motivo el despido se debe a falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones.
Vea textos íntegros de las sentencias Rol N° 2.731-2019 de la Corte de Santiago y de primera instancia
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