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Rechazó Casación.

TS de España rechazó casación y confirmó pena de 15 años y medio de prisión para exseleccionador nacional de atletismo por abusos sexuales.

El Tribunal Supremo indicó que, los actos realizados por el recurrente sobre sus víctimas fueron «sin violencia o intimidación, pero valiéndose el acusado de un consentimiento viciado, que se derivaba de su situación de superioridad y ascendencia manifiesta que coartaba la libertad de los menores».

22 de abril de 2020

El Tribunal Supremo español desestimó el recurso de casación interpuesto por el recurrente contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que a su vez confirmó el fallo dictado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y confirmó la condena a 15 años y seis meses de prisión a un exseleccionador nacional de atletismo como autor de dos delitos de abusos sexuales continuados a dos jóvenes a los que entrenaba cuando eran menores de edad en la ciudad de Tenerife.  

El máximo Tribunal ibérico indicó que conforme al relato de los hechos que se recogen como probados en la sentencia de instancia, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias calificó adecuadamente los hechos como constitutivos de delito continuado de abuso sexual del artículo 181.1, 3 y 4 del Código Penal. Añadió que los actos realizados por el recurrente sobre sus víctimas fueron “sin violencia o intimidación, pero valiéndose el acusado de un consentimiento viciado, que se derivaba de su situación de superioridad y ascendencia manifiesta que coartaba la libertad de los menores”. 

El máximo Tribunal español afirmó que la sentencia recurrida consideró también que no privó de credibilidad a las manifestaciones de las víctimas el hecho de que, no obstante los abusos, aquellas siguieran viendo al acusado o entrenando con el mismo. “En este punto pone de manifiesto las declaraciones prestadas por los perjudicados en el sentido de describir la intensa amistad y confianza que se generó con el recurrente, su dependencia emocional del mismo (no cabe olvidar que ambos eran adolescentes cuando sucedieron los hechos y llegaban a ver al acusado como un padre), a lo que se unía su deseo de seguir entrenando y compitiendo bajo su dirección deportiva, dados sus incuestionables méritos como entrenador”, subrayó el tribunal. 

 

Vea texto íntegro del comunicado de prensa.

 

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