En fallo dividido.
TC acogió inaplicabilidad que impugnaba norma del CPC que restringiría causales del recurso de casación en la forma en juicios especiales.
La Magistratura Constitucional determinó que se infringe la igualdad ante la ley, dado que discriminatoriamente se niega el mismo recurso de interés general del cual disponen todos quienes están sujetos a los que contempla el Código de Procedimiento Civil.

El TC acogió un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil.
La gestión pendiente incide en reclamo de ilegalidad, seguidos ante la Corte de Apelaciones de Santiago, por recursos de casación en la forma y en fondo, en los que se interpuso dicho reclamo en contra de una Resolución dictada por la DOM de Estación Central que negó a los reclamantes la calidad de partes interesadas en procedimiento de invalidación de permisos de edificación de guetos verticales.
Al efecto, cabe recordar que la Inmobiliaria requirente estima que el precepto impugnado infringiría la igualdad ante la ley y el debido proceso, toda vez que ni la norma en cuestión ni la historia de su establecimiento dan cuenta de ninguna razón por la cual deba restringirse el derecho a recurrir, realizando una discriminación arbitraria respecto de otros actores en juicios ordinarios diversos y, en la especie, deja al litigante en la más completa indefensión para promover que se corrijan aquellos vicios.
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Por unanimidad.
CS acogió casación en el fondo contra sentencia en procedimiento de reclamación de multa.

Segunda Sala.
Pretenden inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que restringiría apelación y que atentaría contra igualdad ante la ley y debido proceso.

Por unanimidad.
CS acogió casación en la forma contra sentencia que no tuvo consideraciones de fundamento.

