Noticias

Primera Enmienda.

CS de EEUU declaró inconstitucional que gobierne utilice «Robocalls» para el cobro de deudas.

El Tribunal Suprema americano concluyó que la restricción para las llamadas automatizadas ? junto a la excepción sobre cobro de deudas ? no soporta un escrutinio estricto.

10 de julio de 2020

La Corte Suprema de Estados Unidos declaró inconstitucional la excepción que permite al Gobierno utilizar llamadas automáticas pregrabadas que no hayan sido autorizadas previamente por los usuarios de telefonía en el país, incluso si estas llamadas provienen de consultores políticos o de cobradores de deudas.

La decisión de la Corte incide en una solicitud de sentencia declaratoria presentada por la Asociación Americana de Consultores Políticos y otras tres organizaciones que participan en el sistema político, alegando que una norma de la Ley de Protección al Consumidor Telefónico (TCPA, por sus siglas en inglés) violaba la Primera Enmienda. Lo anterior se explica ya que el Congreso Federal aprobó la ley referida para prohibir, entre otras cosas, casi todas las llamadas automatizadas o robocalls a teléfonos celulares en 1991, sin embargo, en 2015, el Congreso enmendó la restricción sobre las llamadas automatizadas, permitiendo los robocalls cuando se trate de cobrar una deuda con o garantizada por los Estados Unidos.

En la sentencia, el Tribunal Supremo americano concluyó que el Congreso ha favorecido inadmisiblemente el discurso de cobro de deudas por sobre el discurso político y de otro tipo, en violación de la Primera Enmienda. En específico, el Supremo Federal argumentó que (1) la cláusula de libertad de expresión le impide al gobierno – en general – “poder para restringir la expresión debido a su mensaje, sus ideas, se tema o su contenido”, (2) que los argumentos del gobierno para atribuirle neutralidad a la ley no eran convincentes, y (3) que la restricción para las llamadas automatizadas – junto a la excepción sobre cobro de deudas – no soporta un escrutinio estricto.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Opinion N° 19-631.

 

RELACIONADO

* Corte de Rancagua ordena a empresa de retail abstenerse de efectuar llamados y enviar mensajes telefónicos de cobros…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *