Noticias

Reseña.

Joseph Raz (1939-2022), In Memoriam, por Sergio Peña-Neira, Ph.D, Universidad Mayor.

La partida de Raz, todavía activo y prometeico a sus 83 años, será para la teoría del derecho una pérdida irrecuperable.

9 de mayo de 2022

El lunes 2 de mayo de 2022, el Reino Unido amaneció con la triste noticia del fallecimiento de Joseph Raz, un prodigioso portento de la filosofía del derecho del último siglo. Nacido en 1939 con un padre electricista y una madre enfermera en el entonces mandato británico de Palestina, desplegó su vuelo intelectual en la Universidad de Oxford y desde ahí propició un verdadero renacimiento en el pensamiento jurídico de su época. El profesor Sergio Peña-Neira, Ph.D, de la Universidad Mayor se refiere a su extensa obra.

Pocas veces me ha resultado tan difícil escribir unas líneas cuando muere un profesor e investigador universitario presente en el trabajo académico propio. Joseph Raz ha muerto y su legado se mantiene. Somos muchos y muchas quienes lo hemos recordado el 2 de mayo, día de su muerte por su contribución a la filosofía, a la ciencia política, al Derecho y su reflexión filosófica y teórica (todos sabemos de su discipulado de HLA Hart y de su consideración a la teoría de Kelsen), su bondad generosidad y rigurosidad. Ciertamente, uno aprende de quienes le han ofrecido no sólo amistad sino rigor estricto en el desarrollo de sus ideas, conceptos y en la mejoría de su saber, como hemos coincidido con Alon Harel. Joseph Raz era de esos. Recordaba al escribir este texto, mi reaprendizaje de mis conocimientos sobre Derecho y Ciencia jurídica en nuestras reuniones y conversaciones con él (como en la obra de Herman Hesse o en las de Shekeaspeare, de la cual Joseph Raz era asiduo conocedor) en 2016. Las ideas fáciles y difíciles de entender para mí iban y venían. Es que había que comprender a Joseph y su vida, a este “ogro bueno”, según Roberto Gargarella, y como me ha tocado conocer a personas de la misma prosapia intelectual, sabía que lo importante es escuchar y al escuchar uno va aprendiendo. Luego, resulta necesario revisar el material entregado o revisar la bibliografía de Joseph Raz y así razonar lo que le había explicado a uno. Lo interesante, sin embargo, era lo que no estaba en su bibliografía sino en su exposición. Era, y uno lo agradecía, extremadamente riguroso, no sólo formalmente sino en el pensamiento. Es ha permitido que un número importante de juristas en el doctorado o, como en mi caso, en el postdoctorado, pudiéramos mejorar nuestra rigurosidad en el planteamiento de nuestras ideas, argumentos, tesis, hipótesis por ejemplo, sobre lagunas jurídicas existentes en el Derecho internacional. A lo largo de los años, pude contar con su apoyo en mi estudio de estas y otras materias. Luego del postdoctorado en King´s College London (Yeoh Tiong Lay Centre for Politics, Philosophy and Law) tuve la oportunidad de volverlo a ver durante mi postdoctorado en la Universidad de Cambridge (Lauterpach Research Center for International Law). Allí conocí y trabajé y admiré la rigurosidad de otros profesores tan famosos como Joseph Raz, no de su edad, pero si por su rigurosidad y amistad. A veces es un poco abrumadora la crítica y siempre miraba y miro las correcciones como oportunidad de mejora.

Acerca del aporte de Raz al Derecho se han escrito algunas ideas. Es posible indicar que el pensador oxoniense influyó en el Derecho (teoría y filosofía), la Filosofía (Moral) y la Ciencia Política. Ciertamente, es posible observar muchas ideas base de estos aportes a las ciencias indicadas, por ejemplo, “razones para actuar”, (Moreso).  En mi caso su “razonando con las normas” me impresionó en su obra más actual aunque artículos anteriores los leí y analicé con fruición  y lo mismo, por ejemplo, su tesis doctoral (primero en castellano gracias a la UNAM y el Instituto de Investigaciones Jurídicas) y, luego sus textos más contemporáneos, casi todos en inglés. Varios de los mismos los empleé en mi tesis doctoral. En particular sus argumentos sobre “Estado de Derecho” me fueron de especial interés por la constante crítica a dicha noción en y desde el Derecho internacional, pareciera existir una laguna, según alguna vez le dije. Abogo por dicha noción en el Derecho internacional desde las normas particularmente jurídicas y los conceptos  de Joseph Raz me eran de gran interés. También me interesaba enormemente la idea sobre reglas y normas legales así como la de autoridad en contraposición a la más tradicional entre autoridad y poderío (auctoritas y potestas) propias del Derecho romano, su ausencia en el Derecho internacional y su influencia en las políticas públicas.

Como se ha dicho en el obituario de la Universidad de Oxford, Raz representó al positivismo, sin adjetivos. Su posición, cito “no se basó en una concepción subjetivista de valor. Su influyente “concepción de servicio” de la autoridad del Derecho  sostuvo que el Derecho obligaba moralmente si se podía dicho individuo conformar con razones objetivas aplicadas a dicho individuo (…) al obedecer el derecho en vez de seguir su propio razonamiento.” (Oxford University, 2022). Una de las últimas oportunidades en que lo pude ver fue a propósito de un excelente texto que resumía los avances del Derecho en el siglo XX y la situación de la soberanía, particularmente, en el Derecho internacional. Defendimos el texto, era una pieza excelente tanto como explicación y como para la evolución de la soberanía de los Estados, otro tema que he abordado a propósito de los derechos de éstos. Las razones esgrimidas en su texto no pudieron ser destruidas.

No sólo enseñó e investigó en la Universidad de Oxford sino en la de Columbia (Estados Unidos) y en el King´s College de Londres. Así siguió publicando de manera constante desde su tesis de doctorado bajo la dirección de HLA Hart hasta hace poco con Ulricke Heuer. Para una revisión de las publicaciones y su lectura me permito citar la propia página web de Joseph Raz, más abajo con una lista de su bibliografía, completa. Asimismo, puedo indicar que algunos tuvimos el gusto de traducir sus textos al castellano. En mi caso, tres de los mismos. Él siempre consideró una oportunidad las traducciones y nunca cobró por las mismas. La última fue de gran ayuda para la desorientación en y por los efectos de las políticas públicas en la pandemia. Siempre apuntaba a lo básico y a las mismas preocupaciones de su juventud como filósofo. Desde siempre su generosidad, unida a su rigurosidad, no debe ser olvidada. Un científico del Derecho, como el que escribe estas líneas, que analiza las políticas públicas, proveniente de un país alejado de todos los demás, el “fin del Mundo” como le decían los españoles a estas tierras, siempre agradecerá a un famoso profesor por la oportunidad de estudiar e investigar. La última vez que nos vimos nos reíamos por la cantidad de niñitos y niñitas (con sus mamás y papás) que habían llegado al restaurant donde almorzamos en Londres, cerca de su casa y para no hacerlo ir a la facultad “Dickson Poon School of Law”, a quien agradezco así como al Centro de Filosofía del Derecho de dicha casa de estudio que me permitió acceso a la biblioteca. Allí conversamos de la visión de Herbert Hart sobre el Derecho internacional y la incomprensión del pasaje sobre el tema en el “Concepto de Derecho” y mi investigación en las lagunas. Siempre le comentaba que en Chile su trabajo era leído con fruición en las escuelas de Derecho lo que no le sorprendía pero le llamaba la atención. Sólo para ver su oficio me permito recordar una oportunidad en que uno de los doctorandos, argentino, se sentía abrumado, lo mismo otros de los doctorandos de KCL. Le comenté a Joseph y luego me enteré por este joven colega que Joseph había corregido todo su texto a través de críticas precisas. Hoy efectúa su magisterio en la Universidad Torcuato di Tella. Asimismo, en otra ocasión me comentó en el almuerzo cómo su hijo Noam viajaba de un punto a otro de Londres para trabajar a fin de que no me desanimara con mi largo viaje desde Seven Sisters al centro (la verdad es que para mí era fascinante conocer Londres en bus). Hace poco le pedí y éste aceptó, que dirigiera algunas palabras a un doctorado en Derechos humanos en Brasil por petición de su director el Dr. Guimaraes. Esperaba verlo allí y, de ser posible encontrarnos en enero. Su contribución siempre será relevante y nos permitirá seguir conversando sobre Derecho con rigurosidad, algo relevante en la formación intelectual del jurista. Le sobrevive su compañera la Dra Penelope Bulloch (con quien editó “El Concepto de Derecho” en su segunda edición inglesa) y su hijo Noam Raz quien es arquitecto y vive en Australia.

 

Bibliografía de Joseph Raz

https://sites.google.com/site/josephnraz/home

 

In Memoriam (fuentes del presente texto)

Gargarella, R (2022) Memoria feliz con Joseph Raz (1939-2022),

http://seminariogargarella.blogspot.com/2022/05/memoria-feliz-con-joseph-raz-1939-2022.html

Harel, A (2022) Joseph (Yasef) Raz: Personal notes, E mail at 2.5.2022

King´s College London (2022) Professor Joseph Raz, 1939-2022,

https://www.kcl.ac.uk/news/professor-joseph-raz-1939-2022

Moreso, JJ (2022) Joseph Raz, la sensibilidad a las razones, El País, 3 de Mayo

https://elpais.com/cultura/2022-05-03/joseph-raz-la-sensibilidad-a-las-razones.html

Oxford, University (2022) In Memoriam: Joseph Raz

https://www.philosophy.ox.ac.uk/article/memoriam-jospeh-raz-1931-2022

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *