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Contraloría General autoriza a la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo a recibir recursos provenientes de fondo creado conjuntamente con la Unión Europea.

Al tratarse de mayores ingresos no previstos para la Agencia en el presupuesto del sector público, el ente contralor autoriza la solicitud.

16 de junio de 2022

Luego de una solicitud presentada por el Director Ejecutivo de la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AGCID), ante la Contraloría General de la República (CGR), el órgano contralor autorizó la recepción y manejo de recursos provenientes del Fondo Conjunto de Cooperación Triangular Chile-Unión Europea, el cual está constituido por un millón de euros, financiado en partes iguales por el Estado de Chile y la Unión Europea.

La decisión fue acordada por la CGR, en vista de las características y competencias que posee la agencia solicitante, todo ello conforme a lo previsto en la Ley N° 18.989. En tal sentido, el artículo 25 de la citada ley dispone que el patrimonio de la AGCID se conforma por los aportes considerados por la ley de presupuestos y “(…) Los aportes de cooperación internacional que reciba para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo 19, a cualquier título, incluso los fideicomisos”.

En el mismo orden de razonamiento, cita el artículo 4° del DL. N° 1.263, conforme al cual, todas las entradas y gastos del Estado deben reflejarse en el presupuesto del sector público, salvo, “(…) por instrucciones de esta institución de Control, cuando existan fundamentos para determinar que esos haberes no afectan por su naturaleza la ejecución presupuestaria al momento de su ocurrencia”. Agrega que, esta circunstancia concurre cuando se trata de caudales que no sean ingresos propios del respectivo servicio.

Por consiguiente, y atendido a que los recursos recibidos por la AGCID constituyen mayores ingresos no previstos en su presupuesto, la Contraloría decide conceder la autorización solicitada por la Agencia.

El dictamen concluye que, tales recursos provenientes de la Unión Europea deben ser registrados y controlados a través del procedimiento contable denominado “(…) Fondos en administración recibidos por entidades públicas que no los incorporan al presupuesto”.

 

Vea Dictamen de Contraloría General Rol N° E221321N22.

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