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Recurso de protección acogido.

Corte de Santiago ordena a compañía de seguros otorgar cobertura a prestaciones médicas por intervención quirúrgica por patología no declarada.

El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la compañía asegurado al denegar la cobertura.

25 de octubre de 2022

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección y ordenó a la empresa Seguros Clínica Las Condes SA otorgar cobertura a prestaciones médicas por intervención quirúrgica por patología no declarada.

El fallo señala que el médico certificó que con anterioridad a la intervención quirúrgica efectuada al actor no se le había diagnosticado la enfermedad de ‘Scheuermann’, la que por lo demás es distinta a la pesquisada de manera previa –año 2019– por otro doctor quien solo le diagnosticó dorsalgia crónica.

La resolución agrega que, en consecuencia, al momento en que el recurrente contrató con la recurrida el seguro en análisis –31 de diciembre de 2019– aquél no tenía ni había sido diagnosticado de la enfermedad por la que fue operado, en razón a que solo el 25 de agosto de 2021, tomó conocimiento de la patología por la que fue finalmente operado.

Para el tribunal de alzada, en consecuencia, la decisión de no cobertura de la recurrida resulta ser ilegal y arbitraria dado que no le empecía declarar como preexistente una enfermedad que a la fecha de celebrar el contrato de seguro desconocía.

El fallo concluye que, el actuar de la recurrida deviene en ilegal, por cuanto no se sujetó a la normativa por la que debía regirse, atribuyéndose facultades o atribuciones no contempladas en la ley y el contrato -artículo 1545 del Código Civil-, conculcándose de esta forma, lo previsto en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, esto es, el derecho de propiedad.

 

Vea sentencia Rol Nº84.892-2022.

 

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