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Participación Ciudadana.

Norma de Carácter General de Participación Ciudadana del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, fue publicada en el Diario Oficial.

Establece los principios y lineamientos de la participación ciudadana en esa cartera de Estado.

6 de abril de 2023

Fue publicada en el Diario Oficial la Norma de Carácter General de Participación Ciudadana dictada por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, cuyo propósito es acercar el trabajo de esa secretaría de Estado a la población del país, con mecanismos de acceso rápido, amigable y oportunos en la entrega de información y recepción de insumos entregados por la ciudadanía.

En cumplimiento de dicha finalidad, la Norma regula las modalidades de participación que tendrán las personas y organizaciones de la sociedad civil, en la gestión, desarrollo y evaluación de las políticas públicas de la cartera.

Define también los objetivos estratégicos que el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, sus Subsecretarías y sus servicios relacionados, deberán cumplir, entre ellos: a) Implementar los mecanismos de participación contemplados en la Ley N° 20.500, b) Potenciar la conformación, y funcionamiento de los Consejos de la Sociedad Civil, c) Reforzar los mecanismos de participación a nivel regional, d) Facilitar el acceso a información pertinente y útil a las organizaciones de la sociedad civil, especialmente de localidades periféricas,  e) Fomentar la participación con perspectiva de género, f) Avanzar hacia la inclusión de los grupos tradicionalmente excluidos en las decisiones, g) Avanzar hacia una política de transparencia proactiva, asumiendo un nuevo estándar de entrega de información.

Asimismo, establece que tanto las Subsecretarías del Trabajo, Previsión Social, y sus servicios relacionados, deberán crear sus Unidades de Participación Ciudadana, donde exista al menos una persona de dedicación exclusiva, quien se relacionará con la autoridad superior del servicio y será contraparte técnica para la División de Organizaciones Sociales del Ministerio Secretaría General de Gobierno.

Por otro lado, establece como mecanismos obligatorios de participación ciudadana, el Consejo de la Sociedad Civil, la Cuenta Pública Participativa, la Consulta Ciudadana, y el Acceso a la Información Relevante.

Los Consejos de la Sociedad Civil son instancias autónomas que permite institucionalizar la participación ciudadana, permitiendo asegurar la información a las personas y la incorporación de su opinión en el diseño, ejecución y evaluación de las acciones del servicio.

A su respecto, la norma regula, entre otros aspectos, la designación de sus miembros, atribuciones, funciones, y normas de funcionamiento.

Por su parte, la Cuenta Pública Participativa es un proceso desconcentrado por medio del cual el Ministerio y sus servicios, anualmente, dan cuenta a la ciudadanía de su gestión, planes, programas y ejecución presupuestaria, teniendo como objetivo informar, explicar y recoger las opiniones de la ciudadanía, a través de un lenguaje claro, de fácil comprensión, inclusivo y que permita la participación de todas las personas.

En este aspecto, la norma establece que la Cuenta Pública Participativa deberá desarrollarse antes de la Cuenta Pública Anual del Presidente de la República, y deberá respaldarse a través de un informe que deberá incluir información presupuestaria y financiera, estado de cumplimiento de los planes de desarrollo y convenios celebrados, las observaciones, consultas y respuestas formuladas por la ciudadanía a instancias previas, así como un reporte de la participación ciudadana en la gestión de los servicios.

Por otro lado, establece que la Consulta Ciudadana es un proceso a través del cual se someten a consideración de la ciudadanía temas de interés público mediante los Diálogos Participativos y las Consultas Ciudadanas Virtuales, y tiene como finalidad, informar y recoger los distintos puntos de vista, perspectivas y opiniones, a objeto de ser consideradas a lo largo de todo el proceso de formulación de las acciones y políticas del Ministerio y sus Servicios.

Por último, la Norma se refiere al Acceso Ciudadano a la Información Relevante, el cual importa poner a disposición de la ciudadanía las políticas del Ministerio y sus Servicios, así como también, sus planes, programas, acciones y presupuestos, de forma oportuna, completa, descentralizada y ampliamente accesible.

Al respecto, la Norma General presume que es relevante toda información que posea el Ministerio, las Subsecretarías y servicios relacionados, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento, de acuerdo al principio de la relevancia regulado por la ley Nº 20.285.

Por último, establece otros mecanismos de participación, tales como los cabildos y diálogos ciudadanos; las plataformas digitales participativas; presupuestos participativos; e instancias de participación de Niños, Niñas y Adolescentes, tales como Consejos Intergeneracionales y escuelas de deliberación y participación, siendo responsabilidad de cada servicio incluir en sus normas específicas éstos y otros mecanismos, los que siempre deberán ser coherentes con los objetivos estratégicos de la Norma General.

 

Vea Norma General de Participación Ciudadana

 

 

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