Cámara de Diputados.
Exponen criterios para el otorgamiento de pensiones de gracia a víctimas del estallido social.
Entre los invitados a la comisión investigadora estuvo el exsubsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, quien relató parte del proceso de asignación de estas pensiones y las normas legales que la sustentaron. También participaron de la sesión representantes del Ministerio del Interior y la directora del INDH, Consuelo Contreras.

La comisión investigadora sobre el otorgamiento de pensiones de gracia a víctimas del estallido social recibió invitados que expusieron criterios para la entrega de este beneficio.
El exsubsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, recordó que, a través de la discusión legislativa del Presupuesto del año 2021, se incorporó una norma que permitía contemplar, dentro de las causales establecidas en la ley para el otorgamiento de pensiones de gracia, a personas víctimas de violaciones a derechos humanos.
Informó que el tipo de lesiones sería acreditado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). Además, exigía constatar que habían sufrido un menoscabo total o parcial a su capacidad de trabajo.
Te puede interesar

Artículo 48 de la Ley 19.234.
Superintendencia de Pensiones es competente para fiscalizar la autorización o rechazo que debe efectuar el IPS ante la solicitud de pago por subrogación de un exonerado político y no la Contraloría General de la República.

Reconsideración dictamen N°.15806/16 rechazada.
Contraloría no puede examinar los méritos o conveniencia de las pensiones de gracias otorgadas por el Presidente de la República, dictamina Contralora (S).

La propuesta debe ser analizada por la Cámara de Diputados.
Avanza moción que permitirá que huérfanos por la pandemia reciban pensiones de gracia.

