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Solicitud de exequátur acogida.

Árbitro francés condenó a una empresa chilena a pagar daños y perjuicios por utilizar un software sin pagar su licencia de uso.

La empresa francesa creadora del programa computacional demandó a la contraparte chilena, obteniendo una condena en contra de la compañía nacional. El máximo Tribunal verificó que el laudo cumple con los requisitos del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil, e indicó que el cumplimiento del fallo sea solicitado ante el tribunal civil correspondiente.

13 de octubre de 2023

La Corte Suprema concedió la solicitud de exequátur presentada por una empresa francesa de software, para hacer cumplir en Chile un laudo arbitral dictado en Francia en contra de una empresa chilena, por utilizar un programa computacional patentado por la solicitante sin pagar las respectivas licencias de uso.

La demandada nacional utilizó 200 líneas de un software denominado “ITEM”, sin pagar el valor convenido por dicho uso, desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre del mismo año.

La empresa creadora del programa computacional demandó en Francia a la sociedad chilena, invocando la cláusula compromisoria del contrato, radicando el litigio ante el árbitro Thomas Clay, profesor en la Escuela de Derecho de la Universidad de París.

El laudo tuvo por acreditado el incumplimiento en los pagos de la demandada, y condenó a la empresa nacional al pago de diversos ítems, tales como: €130.750.- por el alojamiento y mantención del software en los servidores de la demandante; €76.286,39.- por perjuicios económicos derivados de la entrega del código fuente del programa utilizado, y €175.687,50 correspondiente al 75% del costo del arbitraje.

La solicitante agrega que, en ausencia de un tratado entre ambos Estados, se debe estar a lo establecido en el artículo 245 del Código de Procedimiento Civil, cumpliendo el presente laudo con todos los requisitos que indica dicha norma relativos a que no contiene elementos contrarios a la ley chilena, no se opone a la jurisdicción nacional, y la decisión se encuentra firme y ejecutoriada.

El máximo Tribunal hizo lugar al exequátur luego de razonar que, “(…) el aludido artículo 245 confiere a las resoluciones dictadas por tribunales extranjeros la misma fuerza que si se hubieren dictado por tribunales chilenos, con tal que: 1°) no contengan nada contrario a las leyes de la República; 2°) no se opongan a la jurisdicción nacional; 3°) que la parte en contra de la cual se invoca la sentencia haya sido debidamente notificada de la acción y 4°) que estén ejecutoriadas en conformidad a las leyes del país en que hayan sido pronunciadas, requisitos todos que concurren en el caso de autos”.

En tal sentido el fallo añade que, “(…) no se advierte en el Laudo cuyo exequatur se pide contravención alguna a las leyes de la República o que se oponga a la jurisdicción nacional, apareciendo que la parte en contra de la cual se invoca la sentencia ha sido debidamente notificada de la acción y que el laudo es firme, definitivo y obligatorio para las partes y contra la que no cabe recurso con efecto suspensivo de ejecución, tal como lo informó la Sra. Fiscala Judicial de esta Corte”.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema acogió la solicitud de exequátur, indicando que el cumplimiento del laudo debe solicitarse ante el tribunal civil que corresponda.

 

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº71.508-2022 y Laudo Arbitral.

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  1. Siendo que Francia,no concedió la extradición a uno de los asesinos de Jaime Guzmán, no se debería,dar curso a la sentencia del tribunal francés

    1. Lo de Guzmán pasó hace varios años, varios no estaban vivos. Tanto resentimiento, así no vamos a avanzar. Pero, la sentencia super buena considerando que la mayoría de los deshonestos y coludidos empresarios chilenos en Chile no serían condenados o buscarían una ley corta como la que se está cocinando para favorecer a los delincuentes de las Isapres.
      Saludos

      1. no mezcle peras con manzanas señor (Francisco Sánchez). Deje atrás a Guzmán, avance y ocúpese de lo actual. Los empresarios dele que dele ganando y los clase media y esforzados, dele que dele endeudándose hasta para comer.