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imagen: elcomercio.pe
Incumplió su deber de diligencia.

Tribunal australiano acoge demanda contra empresa por abordar negligentemente un brote de Covid-19 en uno de sus cruceros durante la pandemia.

Constató que la compañía no actuó diligentemente y que el brote que hizo aparición en el crucero “Ruby Princess” no fue debidamente abordado. Unas 900 personas se habrían contagiado y 28 fallecieron.

31 de octubre de 2023

El Tribunal Federal de Australia acogió la demanda colectiva deducida contra la empresa “Carnival Cruise Line”, por el manejo negligente de un brote Covid-19 en uno de sus cruceros, en plena pandemia. Dictaminó que la compañía “sabía o debería haber sabido el mayor riesgo de infección por coronavirus en el barco y sus consecuencias potencialmente letales», antes de que saliera de Sydney (Australia) hacia Nueva Zelanda, en marzo de 2020.

Más de 2.650 pasajeros estaban a bordo del barco “Ruby Princess” cuando partió de Sydney el 8 de marzo de 2020 y regresó el 19 de marzo del mismo año. Durante el viaje estalló un brote de Covid-19 por el que se contagiaron unas 900 personas y 28 fallecieron. Una ex enfermera, cuyo marido fue hospitalizado con COVID-19 después del crucero, fue la principal actora en la demanda colectiva.

La demandante principal había solicitado una indemnización por “daños personales, angustia y decepción” de más de 360.000 dólares australianos, alrededor de 227.000 dólares americanos. Sin embargo, el Tribunal estimó que el Covid-19 que contrajo le provocó “síntomas muy leves” y no prolongados. Le otorgó una indemnización de solo 4.423 dólares australianos, más intereses (unos 2.790 dólares) para sus gastos médicos de bolsillo.

«Dado el mayor riesgo de contraer COVID-19 en un crucero en comparación con la comunidad en general, y el riesgo particularmente mayor en el Ruby Princess debido al brote de enfermedad respiratoria en el viaje anterior, es dudoso que fuera posible en ese momento brindar servicios de crucero que fueran razonablemente adecuados para el propósito de brindar un viaje seguro que también fuera relajante y placentero”, señala la sentencia.

 

Vea texto del fallo.

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