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Decreto Legislativo 1582.

Normativa que permite expulsar a migrantes irregulares en un plazo de 24 horas se promulga por el Gobierno peruano.

Establece un procedimiento especial para la expulsión inmediata de personas extranjeras en dos casos específicos: ingreso al país sin control migratorio y realización de actividades que amenacen el orden público interno, la seguridad nacional o ciudadana. Este procedimiento tiene una duración máxima de 24 horas.

17 de noviembre de 2023

El Gobierno de Perú promulgó el Decreto Legislativo 1582 que modifica 29 artículos de la Ley de Migraciones, y que establece un procedimiento administrativo sancionador que permitirá expulsar a los inmigrantes que atenten contra el orden público y la seguridad ciudadana, dentro de 24 horas contadas desde el momento de la detención administrativa. También será aplicable a los extranjeros que hayan ingresado en forma irregular al país.

Establece un procedimiento especial para la expulsión inmediata de personas extranjeras en dos casos específicos: ingreso al país sin control migratorio y realización de actividades que amenacen el orden público interno, la seguridad nacional o ciudadana. Este procedimiento tiene una duración máxima de 24 horas, con una audiencia única que puede ser tanto virtual como presencial. Consta de una fase instructora y una sancionadora. Inicia con la imputación de cargos basada en un informe de la Policía Nacional y culmina con la notificación de la resolución emitida por la autoridad competente.

Otorga a la autoridad la facultad de sancionar a empresas de transporte interprovincial que transporten a personas extranjeras de manera irregular. Esta facultad se extiende a operadores de transporte marítimo, fluvial o lacustre internacional, quienes deben proporcionar información sobre tripulantes a Migraciones antes de las 48 horas de arribo o zarpe al territorio nacional.

Además, permite a Migraciones fiscalizar los servicios de hospedaje, los cuales deben cooperar facilitando acciones de verificación migratoria. En caso contrario, se arriesgan a sufrir sanciones. Por otro lado, el Decreto busca reforzar la soberanía mediante el control y regulación migratoria, contribuyendo así a la seguridad y orden interno en el país.

«Este procedimiento administrativo sancionador especial excepcional, se desarrolla, en una audiencia única virtual o presencial, según determine Migraciones, levantándose el acta correspondiente, la misma que forma parte del expediente administrativo. En esta audiencia única se desarrollan la fase instructora y la fase sancionadora”, señala el texto de la norma.

 

Vea texto del decreto legislativo.

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