Noticias

Recurso de amparo rechazado por Corte de San Miguel.

Ministerio Público puede solicitar ampliar el plazo de la investigación que involucre a un adolescente las veces que estime conveniente mientras se encuentre dentro del lapso de seis meses.

Solo una vez transcurrido dicho término queda limitado para pedirlo por una sola vez y hasta por dos meses.

18 de diciembre de 2023

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra del Décimo Primer Juzgado de Garantía de Santiago, que amplió el plazo de investigación en contra de un imputado por los delitos de homicidio simple, robo con intimidación y robo con homicidio.

El recurrente alegó que a pesar de que los delitos fueron cometidos cuando el imputado era menor de edad, a solicitud de la Fiscalía el Juez de Garantía amplió el plazo de investigación en dos meses más, luego de haberse fijado un lapso de 60 días, para luego nuevamente ampliar el plazo a 40 días, en circunstancias que de conformidad al artículo 38 de la Ley N°20.084 el plazo máximo de investigación penal que involucre a un adolescente es de 6 meses con una sola ampliación que no puede exceder dos meses, por lo que se vulnera la libertad personal y seguridad individual, como así también la Convención sobre los Derechos del Niño y las Reglas Mínimas de las Naciones Unidades para la Administración de Justicia a Menores, que prevén que el juzgamiento de menores de edad se tramitará en forma expedita y sin demoras innecesarias.

El recurrido informó que, “(…) se accedió a la solicitud de ampliación de plazo, porque el artículo 38 de la Ley N°20.084 permite un plazo máximo de investigación de 6 meses ampliable por solicitud fundada en dos meses adicionales y que en el presente caso, habiéndose fijado un plazo inicial inferior a 6 meses, con la segunda ampliación no se supera el plazo máximo ampliado, teniendo en consideración que, al formalizar la investigación el 25 de mayo pasado se fijó un plazo de 60 días, que el 18 de agosto de 2023 se amplió por 60 días y que, finalmente, en la audiencia de 17 de noviembre se amplió por 30 días adicionales.”

La Corte de San Miguel rechazó el recurso de amparo. El fallo señala que, en virtud del artículo 38 de la Ley N°20.084, “(…) el legislador tuvo por fin limitar el plazo de investigación a seis meses, permitiendo por una sola vez su prórroga hasta dos meses más. En tal entendido, es posible concluir que el Ministerio Público no está limitado en su facultad de solicitar la ampliación de la investigación las veces en que lo estime conveniente mientras se encuentre dentro del plazo de seis meses referido, y solo una vez transcurrido dicho término queda limitado para pedirlo por una sola vez y hasta por dos meses.”

En consecuencia, “(…) el tiempo de investigación fijado en la causa, no ha excedido el máximo plazo legal que fija el artículo 38 de la Ley N°20.084, por lo que procede desestimar el presente arbitrio constitucional.”

En base a esas consideraciones, la Corte rechazó el recurso de amparo en contra del 10° Juzgado de Garantía de Santiago.

 

Vea sentencia Corte de San Miguel Rol N°874–2023.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *