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Recurso de protección rechazado.

Negar la entrega de cédula de identidad a extranjera que tiene doble identidad no es ilegal, resuelve Corte de San Miguel.

Las impresiones dactilares de la recurrente coinciden con las de un tercero, informó el Registro Civil.

6 de enero de 2024

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Registro Civil por no entregar la cédula de identidad a una ciudadana de nacionalidad ecuatoriana.

La actora expone que con ocasión de que en agosto de 2022 se le otorgó la residencia temporal, en noviembre del mismo año solicitó la cédula de identidad para extranjeros actualizada con el permiso migratorio otorgado, sin embargo, hasta la fecha no le ha sido entregado el documento, lo que le ha generado una serie de perjuicios, ya que ha perdido oportunidades laborales y otros beneficios, por lo que solicita que se ordene hacerle entrega de la cédula de identidad.

El recurrido informó que, “(…) el 11 de noviembre de 2022 la recurrente efectuó solicitud de cédula de identidad, detectándose en virtud del nuevo sistema de identificación que ésta ya registraba documento identificatorio a nombre de otra persona con otro RUN, por lo que de acuerdo a los antecedentes recopilados, y la investigación realizada, no es posible determinar la verdadera identidad de la recurrente, motivo por el que se rechazó la solicitud, pues las impresiones dactilares de la recurrente coinciden con las de un tercero.”

La Corte de San Miguel rechazó la acción de protección. El fallo señala que, “(…) en atención a lo informado por la recurrida, específicamente al hecho que la recurrente habría obtenido con anterioridad una cédula de identidad con nombre diverso del que ahora utiliza para su individualización, existiendo en consecuencia una duplicidad de identidad respecto de la misma persona, que debe ser aclarada en la sede correspondiente, resulta que el rechazo de la recurrida a entregar la cédula de identidad requerida se encuentra plenamente justificado y de acuerdo a la legislación vigente.”

En base a esas consideraciones, la Corte rechazó el recurso de protección en contra del Registro Civil e Identificación.

 

Vea sentencia Corte de San Miguel Rol N°3113-2023

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