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Reelección indefinida no es un derecho humano.

Tribunal Constitucional de Bolivia anula la reelección indefinida: fallo impide a Evo Morales presentarse en las próximas elecciones presidenciales.

La prohibición de la reelección presidencial indefinida busca evitar que una persona se perpetúe en el poder, y, de este modo, asegurar el pluralismo político y la alternancia en el poder. Tal criterio interpretativo, también expresado por la Corte Interamericana, debe ser considerado por este Tribunal.

6 de enero de 2024

El Tribunal Plurinacional de Bolivia (TCP) dictaminó que la “reelección indefinida no existe y que no es un derecho humano», inhabilitando así al ex presidente Evo Morales para presentarse en las próximas elecciones presidenciales de su país, a realizarse en el año 2025. A juicio de los magistrados, la “restricción a la posibilidad de repostulación indefinida es una medida idónea para asegurar que una persona no se perpetúe en el poder».

El fallo señala que, “(…) la CIDH consideró que la prohibición de la reelección presidencial indefinida tiene una finalidad acorde con el artículo 32 de la Convención, ya que busca garantizar la democracia representativa y sirve como salvaguardia de los elementos esenciales de la democracia establecidos en el artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana. En particular, la prohibición de la reelección presidencial indefinida busca evitar que una persona se perpetúe en el poder, y, de este modo, asegurar el pluralismo político y la alternancia en el poder.”

Agrega que “(…) tal criterio interpretativo, también expresado por la Corte Interamericana, debe ser considerado por este Tribunal Constitucional Plurinacional, en aplicación del principio de reserva del bloque constitucional, por el cual, la Constitución Política del Estado es la ley fundamental y fundamentadora del país que establece la estructura del gobierno, los poderes y deberes del Estado y garantiza los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos”.

En 2017, el propio Tribunal Constitucional habilitó a Morales para postularse a un nuevo mandato, a pesar de haber cumplido los periodos reglamentarios. Esta decisión fue tomada luego que Morales desconociera el referéndum popular que rechazó una reforma constitucional para que el ejerciera un nuevo mandato. El presente fallo se dictó en el marco de una acción de amparo constitucional que Morales atribuye a una conspiración entre el actual gobierno y sectores de derecha, luego que su mandato terminara abruptamente en 2019 a causa de un «Golpe de Estado».

«La sentencia política del TCP autoprorrogado es la prueba de la complicidad de algunos magistrados con el Plan Negro que ejecuta el gobierno por órdenes del imperio y con la conspiración de la derecha boliviana. Como hicieron en 2002 al expulsarnos del Congreso, los neoliberales se unen para tratar de proscribir al MAS-IPSP y eliminarnos política y hasta físicamente. Ningún miedo. ¡La lucha sigue hermanas y hermanos!”, señaló Evo Morales en sus redes sociales.

Vea texto del fallo y Opinión Consultiva de la Corte IDH.

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