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Imagen: elciudadano.com/
Primer trámite constitucional.

Proyecto de ley que autoriza al personal en retiro de Gendarmería de Chile el porte y uso de armas de fuego, prosigue su tramitación en la Cámara Baja.

La Comisión de Seguridad Ciudadana aprobó una indicación del Ejecutivo que mantiene el requisito a los ex gendarmes de haber cumplido, a lo menos, veinte años de servicio activo en la institución. Se exige, además, una aptitud física y psíquica compatible con el uso de armas.

11 de abril de 2024

El grupo parlamentario de Seguridad Ciudadana aprobó una indicación del Gobierno a la moción que permite al personal en retiro de Gendarmería de Chile portar y usar armas de fuego.

La Sala de la Cámara de Diputados y Diputados aprobó en general el proyecto el pasado mes de enero, pero el Ejecutivo renovó varias indicaciones, en orden a fijar más requisitos para este porte.

En la comisión participó el subsecretario de Justicia, Jaime Gajardo, quien explicó que se busca homologar lo que ocurre con los exfuncionarios de Orden y Seguridad y de las FF.AA., los cuales pueden portar y usar armas de fuego. Específicamente, replicando los grados, de acuerdo a su nivel de responsabilidad.

El personero precisó que, en este caso, se considera a los gendarmes que tienen más responsabilidad en los establecimientos penitenciarios y que sufren amenazas. Por ello, los habilita al porte de armas una vez que egresan de la institución.

Indicación aprobada

La modificación que antes se hacía al decreto ley 3.356, de 1980, ahora se fija en el decreto ley N°2.859 de 1970, del Ministerio de Justicia, que fija la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile.

En ella se establece que los Capitanes, Mayores, Tenientes Coroneles, Sargentos, Suboficiales, Suboficiales Mayores y Subdirectores Operativos en retiro, como asimismo, los Directores Nacionales egresados de la Escuela de Gendarmería de Chile, en retiro, estarán facultados para portar las armas de fuego que tengan debidamente inscritas a su nombre. En tal sentido, se pide cumplir los requisitos que dispone la ley sobre control de armas, previa autorización del Director Nacional.

La indicación aprobada mantiene el requisito de 20 años de servicio efectivo. Sin embargo, en votación separada, se rechazaron otros requisitos propuestos, como que, al momento de acogerse al retiro, estuviesen en lista 1 de calificación. Por otra parte, que posean una aptitud física y psíquica compatible con el uso de armas.

La facultad de portar armas de fuego que se reconoce en esta norma, no obsta a la aplicación de lo dispuesto en la ley N°17.798, que establece el control de armas.

A las personas autorizadas se les aplicará lo que dispone la respectiva reglamentación institucional sobre porte y uso de armas para el personal en servicio activo.

El reglamento de la presente ley deberá dictarse en el término de seis meses contados desde la publicación de la normativa en el Diario Oficial. Mientras que la ley comenzará a regir a contar de la publicación en el diario oficial del referido reglamento.

Debate

En general, todos valoraron que el Ejecutivo perfeccionara el proyecto, iniciado en moción. Sin embargo, existen divergencias de fondo respecto al porte y uso de armas por parte de gendarmes en retiro.

El diputado Henry Leal consideró que la indicación era demasiado restrictiva con los requisitos que se planteaban. Por otra parte, consideró que existe una discriminación para el uso de armas, ya que se considera a oficiales y no a suboficiales de la institución.

Por su parte, la parlamentaria Lorena Fries indicó que no le gusta este proyecto sobre uso de armas, pese a que sean legales, por el riesgo que implica para el entorno. También pidió que se considere como restricción que el funcionario haya cometido, por ejemplo, el delito de violencia intrafamiliar.

Al respecto, el diputado Andrés Longton manifestó que el tema ya se encuentra regulado en la ley de control de armas.

La iniciativa -que será informada en Sala por el diputado Jorge Alessandri se originó en una moción presentada en 2020 por el exdiputado Ignacio Urrutia. Y es suscrita por los legisladores Sergio Bobadilla, José Miguel Castro, Juan Fuenzalida y Harry Jürgensen. Además, de los exparlamentarios Issa Kort, Pablo Prieto y Osvaldo Urrutia.

 

Vea moción de Boletín Nº13478-02 y siga su tramitación aquí.

 

 

 

 

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