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Fue abordado por 12 expositoras en 4 paneles.

Tribunal Constitucional fue sede del XI Seminario de profesoras de derecho público.

La Ministra Yáñez, destacó la jurisprudencia referida al debido proceso, específicamente, sobre el derecho al recurso, como parte integrante de las garantías del racional y justo procedimiento. “En la mayoría de las sentencias, el Tribunal Constitucional ha sostenido que el derecho al recurso no implica el derecho a un recurso en específico, por lo que el legislador tiene libertad para diseñar los sistemas recursivos de procedimientos especiales, enfatizando que la inaplicabilidad, con efectos supresivos, no es un mecanismo idóneo para crear recursos que el legislador no ha contemplado”, destacó.

13 de abril de 2024

El tema central del encuentro “Dilemas de la jurisdicción constitucional: una mirada desde el derecho procesal constitucional”, fue abordado por 12 expositoras en 4 paneles. La actividad académica realizada el 5 de abril fue liderada por la Ministra María Pía Silva Gallinato e inaugurada por la Presidenta de esta Magistratura, Ministra Nancy Yañez Fuenzalida, quien hizo referencia a la Cuenta Pública del Tribunal Constitucional (TC) 2023, por su énfasis en el derecho procesal constitucional: “Destacamos las sentencias del TC que delimitan los contornos, alcances y efectos de las acciones constitucionales de las cuales conoce, particularmente, del requerimiento de inaplicabilidad (INA) por inconstitucionalidad”.

En sus palabras la Ministra Yáñez, destacó la jurisprudencia referida al debido proceso, específicamente, sobre el derecho al recurso, como parte integrante de las garantías del racional y justo procedimiento. “En la mayoría de las sentencias, el Tribunal Constitucional ha sostenido que el derecho al recurso no implica el derecho a un recurso en específico, por lo que el legislador tiene libertad para diseñar los sistemas recursivos de procedimientos especiales, enfatizando que la inaplicabilidad, con efectos supresivos, no es un mecanismo idóneo para crear recursos que el legislador no ha contemplado”, destacó.

En la Primera mesa, moderada por el Ministro del TC Héctor Mery, la Ministra María Pía Silva se refirió a la admisión a trámite de requerimientos de inconstitucionalidad formulados por órganos legitimados (Pdte. de la República; Cámara Alta, Cámara Baja o una cuarta parte de sus miembros en ejercicio). Destacó la importancia de la revisión de los requisitos de admisión a trámite de este tipo de requerimientos (Art. 63 Ley N°17.997), los que verificados dan lugar al análisis de admisibilidad de la petición.

La Ministra Silva agregó que este Tribunal tiene una competencia acotada para resolver los conflictos que determina nuestra Constitución, lo que impide suplir las deficiencias que pudiese tener un requerimiento mal planteado. “De ahí la importancia que reviste la admisión a trámite del requerimiento, pues este Tribunal ha señalado que resulta un verdadero examen de reconocimiento de los elementos, caracteres, límites y sentido del conflicto planteado, constituyendo el examen de los presupuestos de la admisión a trámite la verificación del carácter del control jurídico que realiza el Tribunal”. Finalizó indicando que, dentro de estos requisitos, el requerimiento debe contar con un fundamento plausible e indicar los vicios de constitucionalidad que alega.

En la Tercera Mesa, modera por el Ministro del Tribunal Miguel Ángel Fernández, la Ministra Marcela Peredo Rojas, presentó la ponencia “Garantías constitucionales en el proceso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad”, en la cual explicó, a partir de criterios jurisprudenciales asentados por la Magistratura en sede de inaplicabilidad, como el control de admisión a trámite y el examen de admisibilidad juegan un rol relevante respecto a las garantías constitucionales contempladas para esta acción constitucional, con especial énfasis en la garantía del debido proceso y la exigencia constitucional de que toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción ha de fundarse en un proceso previo legalmente tramitado”. En el mismo panel, la profesora Miriam Henríquez, docente de la U. Alberto Hurtado (UAH), presentó sobre “La fisonomía de la acción de inaplicabilidad ¿control concreto?” y Catalina Salem (UDD) se refirió a “La inaplicabilidad como control concreto de la ley: una propuesta dogmática”.

En el encuentro académico organizado por un grupo de Profesoras de Derecho Público del país, también estuvieron en rol de moderadoras las Ministras TC, Alejandra Precht Rorris y Catalina Lagos Tschorne. Como presentadoras, también participaron Alejandra Ovalle y Cecilia Rosales (PUC); Alejandra Zúñiga (U. Vpso.); Paula Bagioli (UDD); Silvana del Valle (U. Autónoma), Carolina Carreño (UC Raúl Silva Henríquez) y María Pardo (UAH), abogada asistente de este Tribunal.

Las palabras de cierre del Seminario estuvieron a cargo de la profesora Ana María García, docente del dpto. de Derecho Público de la Universidad de Chile, quien destacó que “en la última década se ha realizado este Seminario visibilizando el trabajo de las docentes mujeres del derecho público. Los objetivos se han cumplido con creces”, finalizó.

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