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Intercambio regional.

Conclusiones de la Pre COP de la Sociedad Civil de Escazú 2024 realizada en Santiago.

Algunas de las temáticas que se abordaron fueron: género, niñeces, adolescencias y juventudes, pueblos originarios, derechos humanos, crisis climática, transición energética, brechas en los derechos de acceso, y violencia contra personas defensoras ambientales en Latinoamérica, entre otras, dando cuenta del interés de la sociedad civil y pueblos originarios por la necesidad de impulsar una implementación plena y efectiva del Acuerdo de Escazú.

22 de abril de 2024

Los días 19 y 20 de abril en Santiago de Chile, ciudadanía de toda Latinoamérica y el Caribe, se reunió para desarrollar la primera Pre COP de la Sociedad Civil del Acuerdo de Escazú. En este encuentro se produjo un intercambio regional de conocimientos y experiencias en torno a la urgente promoción de la democracia a partir de los derechos de acceso a la información, la participación en la toma de decisiones y la justicia en asuntos ambientales, el apremiante resguardo de los derechos humanos de las personas defensoras del medio ambiente y el rol fundamental que cumplen los pueblos indígenas en la protección ambiental.

Fueron más de 45 actividades, promovidas por personas, organizaciones de la sociedad civil y pueblos indígenas provenientes de países como Costa Rica, Bolivia, Colombia, Perú, México, Ecuador, Argentina, Brasil y Chile, entre otros, convocando a más de 500 personas de manera presencial -además de quienes siguieron el evento a través de la transmisión online-. Algunas de las temáticas que se abordaron fueron: género, niñeces, adolescencias y juventudes, pueblos originarios, derechos humanos, crisis climática, transición energética, brechas en los derechos de acceso, y violencia contra personas defensoras ambientales en Latinoamérica, entre otras, dando cuenta del interés de la sociedad civil y pueblos originarios por la necesidad de impulsar una implementación plena y efectiva del Acuerdo de Escazú.

Valorando el gran impacto que significa contar con un tratado como es el Acuerdo de Escazú y la voluntad de todas las Partes por seguir avanzando en el intercambio de capacidades, así como en justicia ambiental, desde la ciudadanía el llamado es a continuar profundizando su implementación de manera colaborativa entre los Estados, los órganos multilaterales, la sociedad civil y el mundo privado.

Como actividad de cierre, las personas que asistieron se convocaron en una asamblea plenaria que reunió las principales reflexiones de la Pre COP y acordaron el presente documento con 13 puntos emanados desde la ciudadanía para las Partes del Acuerdo de Escazú, que se reunirán entre el 22 y 24 de abril de este año en la tercera reunión de la Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú (COP3), con el objetivo de que presten especial énfasis en lo siguiente:

Garantía de derechos de las personas defensoras.

La implementación del Plan de Acción debe fortalecer la legislación nacional y la generación de una institucionalidad adecuada y competente, con sistemas de supervisión pública, frente a las situaciones de violencia, hostigamiento y amenaza que circunda a las personas defensoras de los derechos humanos. Será clave reconocer sus contribuciones al desarrollo sostenible y a la democracia a través del establecimiento de mecanismos de reparación, resarcimiento de los daños y protección efectiva. El Plan de Acción debe cautelar los derechos de las personas defensoras y sus familias a desarrollar sus actividades en ambientes propicios y seguros y asegurar los derechos colectivos. El Plan de Acción debe establecerse como el piso mínimo de las legislaciones nacionales y no restar estándares.

Continuar y robustecer el Foro sobre Defensoras y Defensores

Llamamos a las partes a continuar y robustecer el Foro sobre Defensoras y Defensores y realizarlo de manera anual para asegurar el aprendizaje y transferencia de capacidades continua entre las partes y el desarrollo de esquemas de rendición de cuentas. Asimismo, para garantizar la articulación a nivel regional y transfronteriza de la sociedad civil, las personas defensoras y sus redes.

Continuar y generar un nuevo mandato del Grupo de Trabajo Ad Hoc de composición abierta 

Dada la situación regional en relación al riesgo vital que enfrentan las personas defensoras del medio ambiente, instamos a la permanencia de este grupo incorporando un nuevo mandato que cuente de manera obligatoria con la participación en la toma de decisiones de personas defensoras ambientales, con énfasis en representantes de pueblos indígenas y afrodescendientes con el fin de favorecer la reflexión para la mejora del Plan, su implementación y el seguimiento del mismo con una efectiva participación de las y los defensores.

Participación de Pueblos Indígenas

Contar con un Caucus Indígena como espacio propio de (y para) personas defensoras indígenas integrado en el marco de la COP, que cuente con apoyo técnico y financiero para su funcionamiento.
Contar con una Relatoría sobre Pueblos Indígenas, para centralizar el total de necesidades de las personas defensoras.

Fortalecimiento del rol del público en la toma de decisiones

Es crucial que se generen mecanismos de comunicación transparente y fluida que garanticen una participación equitativa en los espacios de diálogo entre los países Partes,  los órganos del Acuerdo y  las personas Representantes del Público.

Asimismo, que el Comité de Cumplimiento cuente con modalidades de trabajo que  aseguren el apoyo y seguimiento a una correcta implementación del Acuerdo en Latinoamérica y el Caribe con la participación del Público.Establecer un protocolo que asegure el acceso a la información y  participación efectiva de las organizaciones, pueblos indígenas y afrodescendientes, y comunidades rurales,  que vaya más allá de las instancias e iniciativas virtuales y que reconozca los medios y mecanismos de los pueblos y comunidades a nivel territorial.

Participación incluyente, adecuada y significativa en cada etapa del proceso: 

Para una puesta en marcha e implementación efectiva del Acuerdo de Escazú y el Plan de Acción de personas defensoras, se deben establecer los mecanismos para garantizar y velar por el derecho de participación, en particular de personas o grupos en situación de vulnerabilidad.  Esto es, asegurar el acceso a la información de manera oportuna, así como  instancias para una  plena y efectiva participación en el diseño, ejecución y evaluación de las actividades planteadas para la implementación del Acuerdo.

Asimismo,  frente a la relevancia del Acuerdo y el creciente interés, es clave que el proceso para la participación en las COPs se realice en tiempo y forma adecuada, es decir con un marco de tiempo suficiente para el registro, en lugares que tengan el espacio suficiente para albergar a un grupo amplio de personas, y en base al principio de máxima publicidad y elevados estándares de transparencia.

Plan de Acción de Género

Resulta clave reconocer los efectos e impactos diferenciados de las mujeres en materia de satisfacción de los derechos de acceso y para ello, es clave que los países acuerden la construcción de directrices para la efectiva transversalización de género en sus planes de implementación del Acuerdo a nivel nacional.

Reiteramos la importancia de que el Acuerdo de Escazú cuente al corto plazo con su propio Plan de Acción de Género.

Personas desplazadas forzosamente, migrantes y refugiadas climáticas y ambientales:

Definir el concepto de personas desplazadas forzosamente, migrantes y refugiadas climáticas y ambientales para establecerlo como uno de las personas o grupos en situación de vulnerabilidad que son prioritarios para efectos de acceso a la información y justicia ambiental.

Su aplicación se debe materializar a través de recomendaciones a las Partes para el cumplimiento efectivo de los planes de implementación.

Niñeces, adolescencias y juventudes

La implementación efectiva del Acuerdo de Escazú debe considerar un enfoque intergeneracional para involucrar a las nuevas generaciones en la promoción de la justicia ambiental.

Perspectiva amplia y fortalecimiento de la comprensión del término “persona defensora ambiental”. 

El Plan de Acción debe dar cuenta de una visión y conceptualización amplia del término persona defensora ambiental de manera de incluir a personas y grupos cuyas funciones o trabajos, acciones y/o actividades se relacionan con la defensa de la naturaleza.

Compromiso con una sociedad en armonía con la naturaleza y los pueblos

La implementación del Acuerdo de Escazú debe aplicarse en los procesos de toma de decisiones relacionados a la mitigación y adaptación frente a la crisis climática y ecológica, con especial atención en la transición energética, obedeciendo a un amplio criterio de justicia.El Acuerdo de Escazú debe contribuir al empoderamiento climático y a la generación de una ciudadanía informada y activa y a una sociedad con sistemas de justicia adecuados a fin de fortalecer la democracia ambiental.

Acceso a la justicia ambiental

Que los Estados partes incluyan en sus planes de implementación nacional del Acuerdo de Escazú el compromiso de establecer medios materiales que aseguren el acceso a la justicia. Para ello se deberá facilitar el empoderamiento y entregar asesoría a las comunidades, pueblos indígenas y afrodescendientes, y otros en situación de vulnerabilidad, obedeciendo a sus necesidades y decisiones. Esto permitirá garantizar el respeto a los derechos humanos ambientales.

Financiamiento al Acuerdo de Escazú

Es imperativo que los Estados Parte demuestren su compromiso con la implementación del Acuerdo de Escazú a través de aportes económicos significativos al Fondo Voluntario de Financiamiento.

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