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Corte Suprema.
En votación dividida.

CS acoge recurso de casación en el fondo contra sentencia que rechazó la querella posesoria de un pasaje común de Las Condes.

Los querellados limitaron la libre circulación de la actora en un pasaje sobre el cual tiene la calidad de comunera, por lo que goza de la calidad de poseedora del inmueble y tiene derecho a que su posesión sea amparada.

26 de marzo de 2021

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que revocó el fallo del Décimo Segundo Juzgado Civil de Santiago que acogió la querella de restitución de un pasaje común ubicado en la comuna de Las Condes.

El conflicto surge en 2016, luego que la dueña de un inmueble ubicado en la comuna de Las Condes dedujera una querella de restitución en contra de sus vecinos, acusando que fue despojada de la posesión del pasaje coetáneo a su hogar, ya que los querellados instalaron un portón eléctrico a la entrada del pasaje sin entregarle llaves para acceder a él, prohibiéndole el ejercicio pleno de su posesión sobre el inmueble común, por lo que solicitó que se le otorgue acceso libre al pasaje y que se le indemnicen los perjuicios que le ha causado la instalación del portón.

El tribunal civil acogió la querella solo en cuanto ordenó a los vecinos restituir la libre circulación de la actora sobre el pasaje, al estimar que el portón instalado perturba la posesión de la actora ya que existe una comunidad respecto del pasaje Manuel Barrios del cual la querellante es parte, por lo que todos los comuneros tienen derecho de dominio respecto del inmueble y ninguno puede perturbar el derecho del otro.

La Corte de Santiago revocó la sentencia en alzada, para lo cual tuvo presente que la actora no acreditó la pérdida de la posesión inscrita que tiene sobre el pasaje, por lo que no cumple con los requisitos que establece el artículo 924 del Código Civil para entablar una querella de restitución.

La actora dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de segunda instancia, señalando que acreditó fehacientemente en juicio el derecho de dominio común que tiene sobre el pasaje y que los querellados la despojaron de su posesión, por lo que el tribunal de alzada rechazó la querella posesoria en contravención de los artículos 916 y 917 del Código Civil.

El máximo Tribunal acogió el recurso, invalidó la sentencia en alzada y dictó fallo de reemplazo, para lo cual tuvo presente que en los hechos de la causa consta que los querellados limitaron la libre circulación de la actora en un pasaje sobre el cual tiene la calidad de comunera, por lo que goza de la calidad de poseedora del inmueble y tiene derecho a que su posesión sea amparada en conformidad a los artículos 921 y 926 del Código Civil. A su vez, indicó que, en conformidad a la jurisprudencia, la querellante cumple con los requisitos que establecen los artículos 916, 917, 921 y 926 del Código Civil para interponer acción de interdicto posesorio, ya que los actos de los querellados la privaron de la tenencia material de un bien raíz, menoscabando el pleno ejercicio de los derechos que tiene sobre el pasaje.

En su sentencia de reemplazo la Corte Suprema confirmó la sentencia en alzada compartiendo los razonamientos del fallo de primer grado.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Andrea Muñoz y del Abogado Integrante Iñigo de la Maza, quienes estuvieron por acoger el recurso y revocar la sentencia en alzada, en aquella parte que desestimó la pretensión de indemnización de perjuicios de la actora, y en su lugar estimarla, determinándose su monto en la respectiva etapa de ejecución.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N°18.957-2018, de la sentencia de reemplazo, de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°9.616-2017 y del 12° Juzgado Civil de Santiago Rol N°C-20.987-2016.

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