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Imagen: BBC.
Ante la masificación de la compra "online".

Senadores presentan iniciativa que protege el empleo ante despidos masivos.

La iniciativa modifica el Código del Trabajo y la Ley que fija el Nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo.

12 de agosto de 2022

La moción, patrocinada por las Senadoras Isabel Allende, Loreto Carvajal y Alejandra Sepúlveda, y los Senadores José Miguel Insulza y Gastón Saavedra, modifica diversos cuerpos legales con el objeto de proteger el empleo ante despidos masivos.

Los autores del proyecto señalan que la pandemia del Covid-19 aceleró procesos de cambios organizacionales en las empresas, destinados a implementar procesos de automatización, en especial en el sector del comercio. Así, la masificación de la compra «online» durante las restricciones a la movilidad de las personas, incidió en una reorganización de los puestos de trabajo en las salas de venta presencial, en la disminución de puestos de trabajo que no son esenciales en la venta no presencial, y en el aumento de otros relacionados a la logística de la venta (no presencial) y entrega al cliente final.

Refieren que también existe una tendencia de cambios destinados racionalizar los recursos humanos y a la polifuncionalidad, sin una reflexión que considere el impacto organizacional, la calidad del servicio y el empleo del sector comercio;  y sin que se realice un trabajo previo de validación de los perfiles de los nuevos cargos que se necesita cubrir o proveer y/o de las nuevas funciones para los cargos existentes que se deben rediseñar, y de la capacitación que permita a trabajadores y trabajadoras, adquirir las habilidades necesarias para abordar estos cambios.

En tal contexto, añaden que la pandemia también ha servido de justificación para acelerar los procesos de cambio en la organización del trabajo, a través de despidos masivos, aprovechándose que nuestro ordenamiento jurídico carece de una regulación que fije estándares y exigencias para los despidos masivos de personal, esto es, aquellos que afectan simultáneamente a una parte importante de las personas que trabajan en una empresa u organización.

Por lo anterior, sostienen que se debe proteger a los trabajadores ante la posibilidad de despidos masivos, estableciendo un proceso de consulta previo y obligatorio, y adaptando a las contingencias específicas, las herramientas destinadas a la reconversión y reinserción laboral de las y los trabajadores afectados.

De esta forma, proponen regular los despidos masivos, en los siguientes aspectos:

– Regulación de los despidos masivos en el Código del Trabajo:

La normativa calificará como «despidos masivos» aquellos que afecten al 10% o más del total de trabajadores de una empresa, y en general, cuando afecten a más de 1.000 trabajadores de la empresa. La regulación será aplicable a la gran y mediana empresa.

Además, considerará el deber del empleador de iniciar un proceso de consulta previo a la implementación de los despidos, así como el deber de comunicar el inicio de este a la Dirección del Trabajo. Los despidos no podrán verificarse sino hasta concluido el proceso de consulta de 45 días hábiles, prorrogables por otros 45 días hábiles adicionales por la Dirección del Trabajo.

El objetivo del procedimiento de consulta será buscar soluciones que permitan evitar, reducir o hacerse cargo de los problemas que generarán los despidos.

La Dirección del Trabajo podrá plantear alternativas a las partes a petición de cualquiera de ellas, y someter la consulta al procedimiento de mediación de conflictos colectivos.

– Modificación a Ley N°19.518, que Fija el Nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo:

Existirá una fiscalización especial destinada a evaluar la pertinencia y calidad de la capacitación, en el caso que los empleadores hayan utilizado franquicia tributaria con la finalidad de facilitar su reconversión o readaptación laboral de su personal.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado.

 

Vea Boletín N°15244-13 y siga su tramitación aquí.

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