Artículos de Opinión

Perú 2023: la contra reforma electoral.

Consideramos que lo aprobado por el Parlamento no es otra cosa que una contra reforma electoral que nos hace volver a un pasado marcado por la informalidad y la debilidad de las instituciones partidarias. En otras palabras, el Parlamento genera condiciones para la escasa o nula participación de la ciudadanía en el proceso de selección de candidaturas.

El 14 de diciembre el Congreso de la República aprobó con 74 votos a favor, 36 en contra y 12 abstenciones el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3125/2022-CR y otros, modificando una serie de artículos de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP) y de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), en lo que muchos hemos considerado una contra reforma y retroceso en el campo electoral.

Primera contra reforma: la muerte de las PASO

Sobre este punto, el Parlamento aprobó dejar sin efecto la obligatoriedad de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) colocando en manos de los partidos la decisión de implementarlas o no. Es decir, las cúpulas de los partidos -que desde siempre se opusieron a las PASO- ahora tienen allanado el camino para seguir manejando -al dedazo- el proceso de selección de candidatos.

Al respecto, conviene recordar que el artículo 24 de la LOP establecía que las elecciones primarias se debían realizar de manera simultánea mediante voto universal, libre, obligatorio, igual, directo y secreto de todos los ciudadanos, estén o no afiliados a una organización política (PASO OBLIGATORIAS).

Ahora, con la aprobación del referido dictamen los partidos podrán elegir entre tres modalidades para realizar sus elecciones primarias:

a) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de todos los ciudadanos previamente inscritos como electores ante la organización política, estén o no afiliados a esta (PRIMARIAS AFILIADOS Y NO AFILIADOS).

b) Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados (PRIMARIAS DE AFILIADOS).

c) Elecciones a través de delegados, los que previamente deben haber sido elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto y el reglamento electoral de la organización política, la que puede solicitar el apoyo de los órganos del sistema electoral (PRIMARIAS DE DELEGADOS).

¿Por qué se trata de una contra reforma electoral?

Afirmamos ello porque las PASO permiten alcanzar 4 objetivos que resultan claves para la democracia electoral en el Perú y América Latina. Las PASO buscan: a) Ordenar la fragmentada oferta electoral (hoy tenemos 25 partidos políticos); b) Democratizar la forma de elegir candidaturas en los partidos políticos (hoy son las cúpulas las que determinan las candidaturas en los partidos políticos); c) Promover la participación ciudadana a lo largo de todo el proceso de selección de candidaturas; y d) Promover la competencia electoral real a lo largo de todo el proceso de selección de candidaturas (desde la nominación como candidato en un determinado partido político hasta la elección como miembro un Congreso o Parlamento, por ejemplo).

Hoy, con la eliminación del carácter obligatorio de las PASO, estos 4 objetivos no podrán cumplirse y volveremos al escenario anterior que hemos tenido hace 20 años en el que las cúpulas partidarias son las que eligen “al dedazo” a los candidatos de cada partido restringiendo severamente la participación, deliberación y control ciudadano sobre una etapa del proceso electoral que resulta clave para el fortalecimiento de la democracia en el Perú y en América Latina.

No obstante, lo antes dicho, lo cierto es que este modelo -que durante 20 años ha probado ser pernicioso para la democracia en el Perú- traerá serios problemas para la organización electoral. Así, por ejemplo, tal como fue aprobada la norma, es posible que tengamos una multiplicidad de elecciones primarias (diferentes todas entre sí) que lo único que generarán será confusión entre los electores (pues habrá tantos tipos de elecciones primarias como número de partidos políticos existe) y gasto para el erario nacional (pues la Oficina Nacional de Proceso Electorales -ONPE- deberá contar con un presupuesto que le permita atender la diversidad de la oferta electoral que los partidos propongan).

Sumando a ello, el Parlamento también aprobó que en lugar de exigirle a los partidos una participación mínima del 20% en sus elecciones primarias ahora únicamente deberán acreditar una participación del 10%. En otras palabras, si un partido logra que 10 de sus 100 delegados vote en sus elecciones primarias o que 100 de sus 1000 afiliados haga lo propio entonces esa minúscula participación bastará para que el partido siga en carrera.

Es decir, tendremos a un sin número de partidos que presentarán listas de candidatos producto de unas elecciones primarias que no son competitivas, que no son representativas y mucho menos transparentes. Es más, la norma permite que los partidos presenten “listas únicas de candidatos”, con lo cual 10 delegados (que fueron los que armaron esa lista única) terminarán definiendo la lista de candidatos que le presentarán a la ciudadanía en las Elecciones Generales.

Segunda contra reforma: las firmas como barrera de acceso

Sobre este punto, el Parlamento aprobó volver a imponer una barrera de acceso para la inscripción de nuevos partidos. Así, ahora los nuevos partidos que desean ser inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberán presentar una solicitud que debe estar acompañada de una “relación de adherentes en número no menor del 3% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional (750,000), con la firma y el número de DNI de cada una de estas personas”.

¿Por qué se trata de una contra reforma?

Afirmamos ello porque este requisito -mientras estuvo vigente en la legislación- generó efectos negativos para la competencia y administración electoral: a) Desincentiva la inscripción de nuevos partidos; b) Promueve la creación de redes de corrupción (fábricas de firmas); c) Aumenta los costos para la competencia electoral (favoreciendo únicamente a los partidos que ya tienen inscripción); y d) Aumenta los costos para la administración electoral (pues la misma requiere personal altamente especializado -en grafotecnia y dactiloscopia- para llevar adelante el procedimiento de verificación de firmas).

Tercera contra reforma: vuelve el pernicioso voto preferencial

Sobre este punto, el Parlamento aprobó volver al sistema de voto preferencial, Así, en las Elecciones Generales 2026 “la elección de congresistas se realiza mediante el sistema del distrito electoral múltiple, aplicando el sistema de representación proporcional. Es de aplicación el doble voto preferencial opcional, excepto en los distritos electorales donde se elige menos de dos congresistas, en cuyo caso hay un solo voto preferencial opcional”.

¿Por qué se trata de una contra reforma?

Afirmamos ello porque este sistema -mientras estuvo vigente en la legislación- generó efectos negativos para las organizaciones políticas y para los electores: a) Fomenta el personalismo en los partidos (los elegidos creen que los votos son de ellos y no del partido); b) Favorece a los candidatos con dinero (los elegidos suelen ser los que más recursos invierten en publicidad); c) Fomenta el enfrentamiento entre los candidatos de un mismo partido (por los lugares más visibles) afectando la disciplina partidaria y la solidez organizativa; d) Genera desorden y confusión  en los electores (por la avalancha de información y propaganda que el elector recibe por parte de decenas de candidatos que buscan alcanzar lo primeros lugares y diferenciarse entre sí).

Cuarta contra reforma: se condonan las deudas a los partidos y candidatos morosos

Sobre este punto, el Parlamento aprobó dejar sin efecto las multas para los partidos sobre las infracciones referidas a la propaganda electoral. Así, ahora las entidades del sistema electoral, del poder ejecutivo, de los gobiernos regionales o gobiernos locales, según corresponda, deben proceder bajo responsabilidad, al desistimiento de sus pretensiones o del proceso judicial en trámite o en ejecución seguidos contra partidos o candidatos por infracciones y cobro de multas impuestas por infracciones a las disposiciones electorales sobre propaganda electoral.

¿Por qué se trata de una contra reforma?

Afirmamos ello porque se termina premiando a los partidos y candidatos que durante los últimos años no han hecho el menor esfuerzo por institucionalizarse cumpliendo cabalmente con lo que la legislación electoral les impone en materia de propaganda electoral y financiamiento -sobre todo durante la etapa de campaña electoral- generando incentivos -una vez más- para que se haga un uso y abuso de recursos -muchas veces de fuente de financiamiento de dudosa procedencia- para sacar ventaja en la competencia electoral.

Reflexión final

Por lo antes expuesto, consideramos que lo aprobado por el Parlamento no es otra cosa que una contra reforma electoral que nos hace volver a un pasado marcado por la informalidad y la debilidad de las instituciones partidarias. En otras palabras, el Parlamento genera condiciones para la escasa o nula participación de la ciudadanía en el proceso de selección de candidaturas. En suma, luego de esta reforma electoral, el Perú -como ocurre hace 20 años- seguirá presentando un proceso de selección de candidaturas caracterizado por la falta de representatividad, competitividad, equidad, transparencia y legitimidad social. (Santiago, 2 de enero de 2024)

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *