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En fallo unánime.

Corte de Antofagasta ordena a colegio dejar sin efecto cancelación de matrícula por no pago de mensualidad.

El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal del colegio.

25 de octubre de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado en contra el colegio particular subvencionado Santa Teresita, y ordenó al establecimiento dejar sin efecto la medida de no renovación de matrícula para el año lectivo 2019 de alumna de sexto básico.
La sentencia sostiene que la no renovación de la matrícula para el año escolar 2019, por el no pago de las mensualidades correspondiente al arancel de la alumna, encontrándose ésta al día al momento en que fue comunicada tal decisión, no se ajusta al contrato celebrado ni tampoco al reglamento interno por cuanto no existen otros antecedentes que la justifiquen.
La resolución agrega que en mérito de lo expuesto y de los antecedentes acompañados, entre ellos, el reglamento interno del establecimiento educacional, queda de manifiesto que la recurrida incurrió en un acto arbitrario e ilegal que ha provocado al recurrente una privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de su garantía constitucionales del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por lo que el recurso de protección ha de ser acogido.

 

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