El máximo Tribunal sostuvo que ambas resoluciones obedecen a estadios procesales y estándares de convicción diferentes, por lo que ambas decisiones contrapuestas pueden ser perfectamente válidas y jurídicamente correctas.
8 de mayo de 2024
El máximo Tribunal sostuvo que ambas resoluciones obedecen a estadios procesales y estándares de convicción diferentes, por lo que ambas decisiones contrapuestas pueden ser perfectamente válidas y jurídicamente correctas.
El delito de desacato fue objeto de un sobreseimiento definitivo, razón por la cual, en relación con dicha actuación procesal, ella no genera perjuicio alguno que pueda ser corregido por esta acción cautelar de emergencia.