Artículo 19 N°3

Norma que establece que las infracciones a la LGCU podrán sancionarse con multa en un rango no inferior a un 0,5% ni superior al 20% del presupuesto de la obra, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que establece un mecanismo sancionatorio sin que la multa se encuentre graduada en función de la gravedad de las contravenciones punibles a sancionar, lo que contraviene diversas normas constitucionales. También solicita se declare inaplicable la norma que niega el recurso de casación en los procedimientos seguidos ante los jueces de policía local.

2 de marzo de 2023