El actuar de la recurrida no fue arbitrario, desde que éste se basó en la gravedad de las conductas desplegadas por las hijas de la recurrente, las que además no han sido controvertidas por ellas.
18 de febrero de 2024
El actuar de la recurrida no fue arbitrario, desde que éste se basó en la gravedad de las conductas desplegadas por las hijas de la recurrente, las que además no han sido controvertidas por ellas.
La medida de expulsión se adoptó en concordancia a su Reglamento Interno y se basó en diversas conductas que fueron constitutivas de infracciones tipificadas como falta muy grave. Además, los antecedentes se encuentran en conocimiento de la Superintendencia de Educación.