Carta certificada

Carta certificada fue devuelta por lo que no puede entenderse notificada la multa impuesta por la Dirección del Trabajo y debe restituirse los dineros retenidos por Tesorería, resuelve Corte de Antofagasta.

La recurrida reconoce que la resolución de multa no ha sido debidamente notificada, pero una vez que trascurrieron los plazos para reclamar (judicial o administrativamente) el sistema automáticamente cargó la multa al sistema de cobro de Tesorería General de la República, sin advertir aquella situación.

21 de noviembre de 2023