El marco legal moldavo existente no cumple con el deber del Estado (“obligación positiva”) de establecer y aplicar efectivamente un sistema que brinde protección a las personas con discapacidad intelectual en general, y a los niños privados del cuidado de sus padres en particular, contra graves violaciones de su integridad, en contravención del artículo 3 del Convenio.
29 de marzo de 2024