Estado de Catástrofe por Calamidad Pública

Jefe de la Defensa Nacional de las provincias declaradas en estado de catástrofe requiere delegación expresa para disponer medidas preventivas o de mitigación que impliquen limitaciones al derecho de propiedad.

Presidente de la República cuenta con la atribución excepcional de establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad, la que puede delegar total o parcialmente, en el Jefe de la Defensa Nacional, a través del correspondiente decreto que así lo disponga de manera previa y expresa.

11 de abril de 2024

Decisión del MINSAL de que residentes chilenos y extranjeros que ingresaron al país durante la pandemia debían acceder a un hotel de tránsito y financiarlo a su costa, se ajusta a derecho dictamina la Contraloría

12 de octubre de 2022
Se ajustó a lo dispuesto en el Código Sanitario, en específico, a sus artículos 26 y 27, que permiten a la autoridad sanitaria efectuar medidas de aislamiento, en pos de resguardar la salud pública, la seguridad nacional del país y el bienestar de los habitantes.