Ley de Extranjería

Persecución y sanción por el delito de ingreso clandestino al país por el Ministerio Público, no obsta a que la autoridad administrativa decrete la expulsión de quien hubiese ingresado por paso no habilitado al país.

Si bien es pública y notoria la permisividad con que se actúa en las fronteras chilenas, lo cierto es que tal situación fáctica no importa una autorización jurídica por parte de las autoridades, ni le priva a ella del ejercicio de sus facultades legales.

31 de enero de 2024