El máximo Tribunal resolvió que la recurrida no puede exigir requisitos dictados con posterioridad, pues aquello torna más gravosa la situación del amparado y atenta contra el principio pro reo.
8 de abril de 2024
El máximo Tribunal resolvió que la recurrida no puede exigir requisitos dictados con posterioridad, pues aquello torna más gravosa la situación del amparado y atenta contra el principio pro reo.
La resolución judicial reclamada por esta vía afecta indebidamente la libertad personal del condenado, en cuanto se la priva de disminuir el tiempo efectivo de su condena.