Querella criminal

Delito de injurias graves con publicidad exige la prueba del “ánimo de injuriar” con que el querellado emitió sus expresiones.

Acreditar el ánimo de descrédito hacia la persona injuriada es un requisito fundamental del tipo penal contenido en el artículo 416 del Código Penal, en atención a que las palabras expresadas por el querellado en un medio de comunicación digital, deben ser analizadas en su contexto, y no sólo a través de lo que la querellante considere ofensivo para su honra y reputación.

4 de abril de 2024