El requirente alegó que la norma legal objetada infringe la libertad de trabajo y su protección, y el principio de seguridad jurídica, desde que al exigirle al postulante a título de abogado un grado académico de una casa de estudio que legalmente ya no existe, se le impide titularse de abogado y con ello ejercer su profesión.
19 de febrero de 2024