Cuando hay un menor de edad cuyos derechos pueden verse afectados, el juez debe decidir teniendo en cuenta su mejor interés, opinión que puede o no coincidir con la de los adultos que intervienen en el pleito. La regla así establecida que ordena sobreponer el interés del niño a cualesquiera otra consideración tiene el efecto de separar conceptualmente aquel interés del niño como sujeto de derecho de los intereses de los otros sujetos.
17 de agosto de 2023