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Modifica Ley de Violencia en los Estadios.

Diputados proponen sancionar a quienes incurran en conductas de carácter racista cometidas en espectáculos deportivos.

Ley N°19.327, sobre Violencia en los Estadios, persigue frenar “el nefasto clima de beligerancia existente en los recintos deportivos a lo largo de nuestro país”, pero sólo se ocupó de “regular la labor delictiva de aquellas personas que ejercían violencia material a través de daños a la infraestructura del estadio o también contra las personas en su integridad física”, pero no consagra la eventualidad de daños

25 de abril de 2011

La moción de los diputados Bauer, Calderón, Cristi, García-Huidobro, Macaya, Morales, Rojas, Sandoval, Silva y Turres, expone la Carta Fundamental asegura a todas las personas el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, y que en el ámbito de la violencia racista el legislador “debe ser concordante con lo consagrado por el constituyente en todos los ámbitos de la sociedad y promover de un modo claro y efectivo el respeto irrestricto al texto político chileno, tanto para chilenos como para extranjeros”.
Observa luego que Ley N°19.327, sobre Violencia en los Estadios, persigue frenar “el nefasto clima de beligerancia existente en los recintos deportivos a lo largo de nuestro país”, pero sólo se ocupó de “regular la labor delictiva de aquellas personas que ejercían violencia material a través de daños a la infraestructura del estadio o también contra las personas en su integridad física”, pero no consagra la eventualidad de daños como son “los ataques a ciertos valores de carácter espiritual” y a la “honra del afectado”. Se hace necesario, entonces, legislar para “sancionar fuertemente el racismo o la xenofobia en los estadios” y “concebir a tales fenómenos como verdaderos hechos delictuales”.
Con el objeto de resguardar “los valores que deben necesariamente promoverse en una sociedad democrática como la chilena, cual es el respeto irrestricto de la dignidad humana en todos los sentidos”, proponen agregar en la Ley N°19.327 una norma que sancione con la inhabilitación absoluta para asistir a espectáculos deportivos por el término de dos años contados desde el momento de la condena, al que con ocasión de un espectáculo deportivo, expresare conductas consideradas racistas o xenófobas contra personas en el recinto.

Vea texto íntegro de la moción boletín N° 7600-25.

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