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Tercera sala.

CS rechazó acción de protección en contra de la Municipalidad de Talca y de la CGR que ordenó devolver sumas pagadas a funcionarios de ese municipio por concepto del denominado incremento previsional.

Se interpuso acción constitucional en contra de la Municipalidad de Talca y de la Contraloría General de la República, dicha acción fue acogida por la Corte de Apelaciones de Talca, sin embargo la Corte Suprema revocó la sentencia de alzada argumentando que la acción cautelar de derechos constitucionales no constituye una instancia de declaración de derechos

29 de abril de 2011

Se dedujo acción de protección en contra de la Municipalidad de Talca y de la Contraloría General de la República, que ordenó a los funcionarios que se desempeñan en el aludido municipio devolver las sumas de dinero que les fueron pagadas por concepto del denominado incremento previsional.
La Corte de Apelaciones de Talca había acogido la acción constitucional, pero la Corte Suprema revocó la sentencia en alzada.
En su fallo, el máximo Tribunal razona que la contienda así generada no puede ser dilucidada por medio de esta acción cautelar de derechos constitucionales, ya que ella no constituye “una instancia de declaración de derechos”, sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y, por ende, en situación de ser amparados.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°1008-2011 y de la Corte de Talca Rol N°1024-2010

 

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