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Por vulneración al derecho de propiedad.

Corte de Punta Arenas acogió acción de protección en favor de un grupo de alumnos que se encontraban en “toma”.

El establecimiento educacional informó que el recurso parte de supuestos falsos, toda vez que no se trató de una toma pacífica, ya que varios adultos resultaron lesionados y también hubo daños a la propiedad del colegio.

7 de septiembre de 2011

Se dedujo acción de protección en contra de un colegio que expulsó a 18 alumnos por su participación en la “toma” del establecimiento educacional entre el 13 y el 15 de agosto del año en curso. Estiman que tal actuación vulnera sus garantías constitucionales, específicamente, el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales, el derecho a la libertad de expresión y el derecho de propiedad.
El establecimiento educacional informó que el recurso parte de supuestos falsos, toda vez que no se trató de una toma pacífica, ya que varios adultos resultaron lesionados y también hubo daños a la propiedad del colegio.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió la acción constitucional, para lo cual tuvo presente que la sanción de expulsión de los alumnos no se encontraba contemplada en el Reglamento de Convivencia Escolar 2011, por lo que no correspondía su aplicación. Añade que la sanción de caducidad de la matrícula sólo cabía imponerla luego de haber seguido el procedimiento contemplado a tal efecto que incluía haber escuchado a los afectados, lo que no se hizo, porque “no es posible entender que se haya adoptado el 16 de agosto de 2011 por un hecho cometido el 13 de agosto de 2011, esto es, tres días antes”.
El fallo que tales actuaciones conculcan el derecho de propiedad de los recurrentes, “toda vez que son titulares del derecho de propiedad sobre sus calidades de estudiantes”, así como su derecho a continuar con “su proceso formativo en el establecimiento educacional al que pertenecen a consecuencia de conductas que si bien no son correctas, no corresponde corregirlas sino con la intervención de los padres y con apego estricto a las normas que lo regulen”. 

Vea texto íntegro de la sentencia.

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