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Segunda sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma de la Ley de Control de Armas que faculta a Carabineros a usar gases lacrimógenos.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 3° de la Ley de Control de Armas, que autoriza el uso de gases lacrimógenos por parte de Carabineros de Chile. La gestión invocada incide en un recurso de protección seguido ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, que actualmente se encuentra en apelación ante la Corte […]

13 de diciembre de 2011

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 3° de la Ley de Control de Armas, que autoriza el uso de gases lacrimógenos por parte de Carabineros de Chile.

La gestión invocada incide en un recurso de protección seguido ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, que actualmente se encuentra en apelación ante la Corte Suprema mediante el cual se alega que el uso de dichos gases por parte de Carabineros es arbitrario, porque utiliza un medio no idóneo para el cumplimiento del fin constitucional de resguardar la seguridad nacional y dar protección a la población, e ilegal  porque vulnera derechos constitucionales. (Véase relacionado)

El requirente considera que la aplicación del precepto impugnado vulnera la Constitución, al carecer de estándares y no especificar los casos y formas en que se habilita el uso de gases, generando un vacío normativo, que expone a la población a los efectos de estos gases, vulnerando los derechos de reunión y de libre expresión, además de la integridad física y síquica, el derecho a la protección de la salud, el derecho al medio ambiente libre de contaminación, la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, la libertad personal y la seguridad individual.

La sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N°2140.

 

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