Noticias

Finaliza primer trámite constitucional.

Diputados aprobaron iniciativa que prohíbe cursar infracciones por conducir en “estado deficiente”.

La Cámara de Diputados aprobó –con 59 votos a favor, 10 en contra y dos abstenciones- la moción que propone modificar la Ley N° 20.580, que aumenta las sanciones por conducir bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, a objeto de dejar sin efecto la facultad que tiene Carabineros para impartir infracciones […]

23 de abril de 2012

La Cámara de Diputados aprobó –con 59 votos a favor, 10 en contra y dos abstenciones- la moción que propone modificar la Ley N° 20.580, que aumenta las sanciones por conducir bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, a objeto de dejar sin efecto la facultad que tiene Carabineros para impartir infracciones por conducir en condiciones físicas o psíquicas “deficientes” por una cantidad igual o inferior a 0,3 gr/l de alcohol en la sangre.

Durante la votación, los parlamentarios manifestaron que era necesario realizar ciertas precisiones en la nueva ley que entró en vigencia el pasado 13 de marzo, debido a que no existía ningún tipo de certeza que la sanción a la cual se podían ver afectados los conductores correspondiera efectivamente al consumo de alcohol.

Asimismo, el diputado Auth, señaló que existen estudios certeros que acreditan que a partir de los 0,3 gr/l de alcohol en la sangres, el conductor comienza a presentar deterioros en la capacidad de conducir, agrega que “si antes tenía sentido dejar que Carabineros juzgara como condición deficiente para manejar a personas con 0,4 gr/LT -cuando la ley establecía 0,5- ahora que se redujo a 0,3 gr/lt es completamente inapropiado sancionar a personas con concentraciones menores de alcohol en la sangre”.

Finalmente, el diputado Hasbún expreso que el principal objetivo era complementar un importante vació legal en nuestra legislación, ya que se estaba dejando al arbitro de Carabineros cursar infracciones por conducir en estado deficiente o falsa alcoholemia. Por tanto, la limitación se encontrará en el artículo 9 de la Ley N° 18.290, sobre Tránsito, señalando expresamente que “no se considerará como condición deficiente para efectos legales el hecho de conducir un vehículo con un nivel de alcohol en la sangre que no supere el umbral establecido de 0,3 por mil de alcohol en la sangre”.

 

Ver texto íntegro de la moción, informes y tramitación.

 

RELACIONADOS

* Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley que elimina sanción por conducir con menos de 0.3 gr/lt de alcohol en la sangre…

* Diputados proponen multar a los padres de menores de edad que sean sorprendidos consumiendo drogas o alcohol…

* Moción restringe licencia de conducir a mayores de 69 años…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *