La Cámara de Diputados aprobó –con 59 votos a favor, 10 en contra y dos abstenciones- la moción que propone modificar la Ley N° 20.580, que aumenta las sanciones por conducir bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, a objeto de dejar sin efecto la facultad que tiene Carabineros para impartir infracciones por conducir en condiciones físicas o psíquicas “deficientes” por una cantidad igual o inferior a 0,3 gr/l de alcohol en la sangre.
Durante la votación, los parlamentarios manifestaron que era necesario realizar ciertas precisiones en la nueva ley que entró en vigencia el pasado 13 de marzo, debido a que no existía ningún tipo de certeza que la sanción a la cual se podían ver afectados los conductores correspondiera efectivamente al consumo de alcohol.
Asimismo, el diputado Auth, señaló que existen estudios certeros que acreditan que a partir de los 0,3 gr/l de alcohol en la sangres, el conductor comienza a presentar deterioros en la capacidad de conducir, agrega que “si antes tenía sentido dejar que Carabineros juzgara como condición deficiente para manejar a personas con 0,4 gr/LT -cuando la ley establecía 0,5- ahora que se redujo a 0,3 gr/lt es completamente inapropiado sancionar a personas con concentraciones menores de alcohol en la sangre”.
Finalmente, el diputado Hasbún expreso que el principal objetivo era complementar un importante vació legal en nuestra legislación, ya que se estaba dejando al arbitro de Carabineros cursar infracciones por conducir en estado deficiente o falsa alcoholemia. Por tanto, la limitación se encontrará en el artículo 9 de la Ley N° 18.290, sobre Tránsito, señalando expresamente que “no se considerará como condición deficiente para efectos legales el hecho de conducir un vehículo con un nivel de alcohol en la sangre que no supere el umbral establecido de 0,3 por mil de alcohol en la sangre”.
Ver texto íntegro de la moción, informes y tramitación.
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