El TC tuvo por no presentado un requerimiento interpuesto por 33 diputados en contra de los incisos segundo y tercero del artículo 11, el inciso primero del articulo 12 y los artículos 20 y 21 del proyecto de ley iniciado por Mensaje del Presidente de la Republica que "Establece un régimen simplificado para la constitución, modificación, transformación, fusión, división y terminación de personas jurídicas que indica" (Boletín N° 7328-03).
En su resolución, la Magistratura Constitucional establece, en esencia, que, por no reunir el requerimiento el quórum exigido por el artículo 93 N° 3, inciso cuarto, de la Constitución Política, lo tuvo por no presentado para todos los efectos legales.
Vea texto íntegro del proyecto de ley y del expediente Rol N°2352.