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Por un elefante.

Corte de Santiago confirmó sentencia que condenó a dueño de circo por accidente fatal.

La Corte de Apelaciones de San Miguel ratificó el fallo del Primer Juzgado de Letras de Talagante.

9 de diciembre de 2013

La Corte de Apelaciones de San Miguel ratificó el fallo del Primer Juzgado de Letras de Talagante, que condenó a los dueños de un circo por su responsabilidad en el accidente que causó la muerte de un menor de edad, producto del derrumbe de un muro que provocó una elefanta sin control.

En fallo unánime, el Tribunal de Alzada condenó al dueño del circo “Los Tachuelas”, a pagar $102.000.000 (ciento dos millones de pesos) a los demandantes: 100 millones a los familiares del menor fallecido, quien murió el 3 de junio de 2004, aplastado por un muro medianero que derribó la elefanta “Ramba”; y dos millones de pesos a una persona que resultó con lesiones.

La sentencia confirmó la responsabilidad extracontractual del propietario del circo por falta de control del animal, el que mantenía en un predio sin ningún tipo de medida de seguridad o resguardo, arguyendo, en esencia, que para que surja responsabilidad civil extracontractual es necesario que concurran los elementos que la componen, a saber: i) una acción u omisión libre de un sujeto capaz, ii) realizada con dolo o negligencia; iii) que el demandante haya sufrido un daño y iv) que entre la acción culpable y el daño exista una relación causal que permita atribuir objetivamente el daño al hecho culpable del demandado (…) habiendo la demandada generado libremente la situación de riesgo consistente en mantener una elefanta en un predio, sin emplear el cuidado requerido para un animal de esta envergadura, y teniendo capacidad civil extracontractual, con la prueba rendida en estos autos -y a la que el fallo impugnado se refiere en los considerandos duodécimo y décimo tercero-, y habida cuenta de lo razonado por el sentenciador a quo en los basamentos vigésimo noveno a trigésimo noveno, se ha podido acreditar que la demandada actuó negligentemente al no adoptar las medidas de cuidado necesarias para evitar que el la elefanta de autos derribara la pared medianera, causando la muerte del menor y lesiones a otra persona, pues la tenencia de una animal de esas características requiere la adopción de medidas especiales de resguardo y seguridad, las cuales no fueron adoptadas por el demandado.

 

 

 

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