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Modifica Código Penal.

Proyecto sanciona rayados no autorizados en propiedad pública o particular.

La moción de los diputados Espinoza, Farcas, Abel, Farid, León, Meza, Nogueira, Rincón, Silber y Tuma expone que ha aumentado en nuestro país la tendencia de ensuciar las ciudades con rayados, símbolos, dibujos, mensajes, entre otros.

26 de junio de 2014

La moción de los diputados Espinoza, Farcas, Abel, Farid, León, Meza, Nogueira, Rincón, Silber y Tuma expone que ha aumentado en nuestro país la tendencia de ensuciar las ciudades con rayados, símbolos, dibujos, mensajes, entre otros, que se estampan generalmente en muros, mobiliario urbano, buses de locomoción colectiva, lo que provoca daño a la propiedad y disminuye su valor relativo.

Observa luego que esta situación se repite también en los rayados a monumentos y bienes que forman parte del patrimonio cultural o histórico de la nación, y en algunos casos en bienes que han sido declarados patrimonio de la humanidad, todo lo cual causa grave daño, el que incluso a veces no puede repararse o su reparación es de alto costo.

Precisa la iniciativa que estos rayados no se deben confundir con aquellas manifestaciones de carácter artístico que cuentan con la debida autorización de la autoridad, la comunidad o los propietarios de los bienes en que estas expresiones de arte se manifiesten, las que bien debieran ser fomentadas y facilitar su expresión.

Por ello, el proyecto de ley propone modificar el Código Penal, estableciendo una categoría específica para la sanción de los rayados no autorizados, incorporando una nueva hipótesis en la figura calificada, así como el establecimiento de un criterio objetivo sobre responsabilidad civil, mediante una regla especial de responsabilidad de los padres por los hechos de los hijos menores, atendido que en muchos casos la responsabilidad en estos hechos recae en menores de edad y el sistema seguido de nuestro código de culpa presumida sumado a los efectos que se atribuye a la cláusula de exoneración que establece el Art. 2320 del Código Civil, requiere de un tratamiento especial.

De igual modo, se establece una diferenciación en la penalidad atendiendo a si la propiedad afectada tiene un mayor valor histórico o patrimonial, con lo que se da una fuerte señal en el sentido de que existe un especial interés del Estado y la sociedad en proteger estos bienes cuyo aporte cultural o histórico pertenece a todos los chilenos.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional y en actual estudio por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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