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Igualdad de condiciones.

Diputados proponen exigir requisitos de publicidad y formalidad a diarios digitales.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional y será analizado por la Comisión de Ciencias y Tecnología del Senado.

30 de julio de 2014

La moción de los diputados Castro, Farías, Hasbún, Hoffmann, Kast, Melero, Robles, Sandoval, Torres y Van Rysselberghue, expone que la actual Ley N° 19.733, sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, no reconoce expresamente a los diarios digitales o electrónicos como medio de comunicación social escrito, ni tampoco establece formalidades para su funcionamiento.

Observa luego que el artículo 2° de la citada ley, define lo que se entiende como medios de comunicación social, esto es: «Aquellos aptos para transmitir, divulgar, difundir o propagar, en forma estable y periódica, textos, sonidos o imágenes destinados al público, cualesquiera sea el soporte o instrumento utilizado». Sin embargo, los autores de la iniciativa señalan que esta definición no contempla la proliferación de información digital –especialmente la de diarios electrónicos- propios de la era digital.

En este sentido, la moción destaca el desmesurado crecimiento de artículos electrónicos que tienen acceso a internet y que representan una plataforma para la nueva generación de lectores, desplazando incluso a los lectores de diarios impresos. 

Por tal razón, la iniciativa tiene por objeto actualizar el cuerpo legal aludido, prescribiendo que los requisitos de publicidad y formalidad exigidos para los cuerpos escritos, se hagan extensivos para los diarios electrónicos o digitales. 

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional y será analizado por la Comisión de Ciencias y Tecnología del Senado.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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