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Proceso en rebeldía.

Segundo Tribunal Ambiental dicta sentencia y condena a empresa por daño ambiental.

En su fallo, la Magistratura Ambiental determinó que el demandado debe restaurar el medio ambiente a su estado original, lo que se traduce en restablecer todos los componentes medioambientales afectados señalados en la sentencia.

3 de diciembre de 2014

El Segundo Tribunal Ambiental dictó sentencia y condenó a la empresa Sociedad Servicios Generales Larenas Ltda., representada legalmente por Patricio Larenas Rioseco, a reparar el medio ambiente que dañó con sus faenas de extracción de áridos desarrolladas en la ribera del río Duqueco, comuna de Quilleco, Región del Biobío.

Al efecto, cabe recordar que la demanda fue interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado, debido a que la empresa ejecutó obras de extracción de áridos en el cauce del mencionado río y terrenos ribereños, sin contar con autorización alguna por parte de la Dirección Regional de Aguas y de la Municipalidad de Quilleco y que esas actividades.

En su fallo, la Magistratura Ambiental determinó que el demandado debe restaurar el medio ambiente a su estado original, lo que se traduce en restablecer todos los componentes medioambientales afectados señalados en la sentencia, en particular, la dinámica hidráulica del cauce del río Duqueco hasta el trazado y profundidades que tenía antes de la extracción de áridos, y restablecer el hábitat de las especies de fauna íctica amenazada.

La empresa, declarada en rebeldía por el Tribunal, por cuanto no apersonó a ninguna gestión del proceso, tiene un plazo de seis meses para definir y presentar ante el Tribunal un proyecto de reparación, previamente aprobado por la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH), la Dirección General de Aguas (DGA), la subsecretaría de Pesca y la Seremi del Medio Ambiente de Biobío.

Finalmente, la sentencia concluye decretando una serie de medidas cautelares para asegurar el oportuno cumplimiento de lo decidido y controlar los riesgos asociados al daño establecido. Así, la DOH deberá informar las medidas urgentes e inmediatas para evitar el riesgo de inestabilidad del puente Calderones y riberas aguas abajo de este, mientras que la Municipalidad de Quilleco deberá levantar un cierre de seguridad y señalética de advertencia “para restringir el acceso recreacional y evitar posibles daños a las personas.

 

 

Vea texto íntegro del expediente y la sentencia en causa Rol D-6-2013.

 

 

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