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Art. 222 del CPP.

Proponen fortalecer interceptación telefónica realizada por Ministerio Público.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada y estudiada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

10 de diciembre de 2014

La moción de los diputados Becker, Fuenzalida, Nicolás Monckeberg, Cristián Monckeberg, Núñez, Pérez, Sabat y Santana, expone que es un hecho público que parte importante de las condenas obtenidas por el Ministerio Público son resultado de la interceptación telefónica, a propósito de las investigaciones ejecutadas en torno a la Ley N° 20.000.

Observa luego que la delincuencia como un fenómeno social que se adapta a los nuevos tiempos y escenarios, ha dejado de lado las formas tradicionales de comunicación; y ha incorporado en sus prácticas ilícitas sistemas que hacen más compleja la labor de fiscales y policías. Agrega que sistemas de mensajería de gran penetración en nuestro país como WhatsApp, se ha transformado en una herramienta de gran utilidad para los delincuentes, particularmente para narcotraficantes, constituyendo hoy puntos ciegos para las policías y fiscales en su afán persecutorio ya que no pueden ser interceptadas.

Al efecto, los autores de la iniciativa destacan que países como España, ya pasaron por este trance, y así lo deja de manifiesto un oficio remitido por la Confederación Española de Policía al Consejo de la Policía, donde se señala que «dado que buena parte de las redes organizadas de criminales emplean esta herramienta para transmitirse novedades, fijar citas o remitir instrucciones, es más que necesario poder abrir la puerta a una intervención técnica que permita, como se hace con el resto de las opciones de un teléfono móvil, la observación, siempre bajo autorización judicial previa».

Asimismo, la moción cuestiona el esfuerzo realizado por las empresas de telecomunicaciones, respecto a la necesidad de invertir en tecnología y maquinaria que facilite a las instituciones policiales llevar a cabo las interceptaciones.

Por las razones expuestas, y con el objeto de subsanar las situaciones antes descritas el proyecto de ley propone modificar el artículo 222 del Código Procesal Penal.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada y estudiada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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