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Se aparta de legalidad vigente.

CS revoca sentencia y acoge amparo en favor de Alcalde de Panquehue.

Expone el fallo que resulta forzoso concluir que la decisión recurrida se aparta de la legalidad vigente.

24 de diciembre de 2014

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto en favor del alcalde de Panquehue, Luis Pradenas Morán, en contra de orden de arresto dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Felipe, por el no pago de una indemnización por daño moral.

En su sentencia, expuso el máximo Tribunal que el procedimiento adoptado y demostrado en autos no habilita al referido juez para determinar el arresto decretado, desde que el amparado ha dado cumplimiento a la carga que le impone el artículo 32 de la Ley 18.695 y ha demostrado la consideración de la partida presupuestaria respectiva en el presupuesto del año 2015, de manera que si la pretensión de los actores es obtener la extinción de la obligación judicialmente declarada mediante el pago respectivo, ha de estarse a la ejecución del referido presupuesto, a partir del 1 de enero de 2015; todo ello sin perjuicio de los demás derechos que la ley le confiere para obtener la satisfacción de lo adeudado y que el régimen de inembargabilidad que consagra el artículo 32 citado no impide.

Luego, agrega el fallo que resulta forzoso concluir que la decisión recurrida se aparta de la legalidad vigente, toda vez que la solución de la situación en conflicto supone la consideración armónica de preceptos que exceden el ámbito del artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, disposición de aplicación excepcional, por lo que se revocará la decisión apelada.

Siendo así, concluye la Corte Suprema acogiendo la acción constitucional de amparo interpuesta a favor del Alcalde de la I. Municipalidad de Panquehue, don Luis Pradenas Morán dejando en consecuencia sin efecto el arresto dispuesto a su respecto, por resolución de cuatro del mes en curso, del Juzgado de Letras de San Felipe.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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