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Gravedad y urgencia.

CIDH solicita adopción de medida cautelar en favor de persona desaparecida en Colombia.

La Comisión consideró que la información demuestra, en principio, que el beneficiario se encuentra en una situación de gravedad y urgencia.

29 de diciembre de 2014

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), solicitó al Estado de Colombia la adopción de medidas cautelares en favor de Dubán Celiano Díaz Cristancho, cuya vida e integridad personal se encontrarían en grave riesgo, en vista que, desde el 16 de octubre de 2014, no se conoce su paradero o destino.

De acuerdo a la información proporcionada por el solicitante de las medidas cautelares, el propuesto beneficiario el 16 de octubre de 2014 fue retenido arbitrariamente por grupos ilegales y lo habrían llevado a la fuerza en un vehículo, desconociendo hasta el día de hoy su paradero. Asimismo, el solicitante señaló que el propuesto beneficiario habría desaparecido por ser un supuesto informante de la policía y que debido a esto “los paramilitares de la región le habrían dado a los uniformados dinero por entregarlo al grupo armado que lo desapareció”.

Al efecto,  la Comisión consideró que la información demuestra, en principio, que el beneficiario se encuentra en una situación de gravedad y urgencia, puesto que sus vidas e integridad personal estaría amenazada y en riesgo.

Por lo anterior, conforme al artículo 25 de su Reglamento, la CIDH solicitó al Gobierno de Colombia adoptar las medidas necesarias para determinar la situación y el paradero de Dubán Celiano Díaz Cristancho, con el propósito de proteger su vida e integridad personal, y también, que informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar.

Asimismo, la CIDH también solicitó al Gobierno de Colombia informar en el plazo de 10 días contados a partir de la fecha de la resolución, sobre la adopción de las medidas cautelares requeridas y actualizar dicha información en forma periódica.

 

 

Vea texto íntegro de la resolución 37/2014.

 

 

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