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Municipalidad de Río Verde.

CGR se pronuncia sobre cometidos de concejales fuera de su comuna.

La CGR concluye manifestando que los mencionados gastos de desplazamiento no se encuentran expresamente exentos de rendición de cuenta.

27 de julio de 2015

Se remitió a la Contraloría General de la República –por parte de la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena- una presentación de dos concejalas de la Municipalidad de Río Verde, que solicitaron un pronunciamiento acerca de la necesidad de contar con la autorización previa del concejo para participar, en representación del municipio, en actividades a las que hayan sido invitadas mediante comunicación institucional, en aquellos casos en que no se celebre una sesión ordinaria o extraordinaria antes del respectivo evento, y si se les debe proveer los gastos de traslado.

Al efecto, el ente de control expresa que el artículo 79, letra ll), de la Ley N° 18.695 dispone que corresponde al concejo autorizar los cometidos del alcalde y los concejales que signifiquen ausentarse del territorio nacional o cuando ellos se realicen fuera de la comuna por más de diez días, agregando luego que, en el resto de los casos, la disposición del cometido dependerá únicamente de la voluntad del alcalde.

En ese sentido y conforme a que la situación consultada consistió en una actividad efectuada fuera de la comuna de Río Verde, pero por menos de 10 días, el dictamen indica que no resultó necesario contar con la aprobación del órgano pluripersonal, estando, en consecuencia, dentro de las atribuciones de la alcaldesa, el autorizar o no la participación de un determinado concejal en la misma.

De otro lado, en relación a la procedencia de pagar el traslado de las autoridades de que se trata, el Contralor expone que el inciso final del artículo 88 de la aludida Ley N° 18.695, establece que cuando una de estas se encuentre en el desempeño de cometidos en representación de la municipalidad, tendrá derecho a percibir fondos con el objeto de cubrir sus gastos de alimentación y alojamiento, los que no estarán sujetos a rendición.

Así, conforme a lo anterior, la CGR concluye manifestando que los mencionados gastos de desplazamiento no se encuentran expresamente exentos de rendición de cuenta, razón por la cual los concejales que incurren en dichos desembolsos permanecen sujetos a la obligación de acreditarlos, con el fin de obtener el correspondiente reembolso.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 55.421-15.

  

 

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