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Ley Emilia.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que sanciona negativa a realizarse alcoholemia.

La gestión judicial pendiente incide en autos sobre delitos de conducción en estado de ebriedad, con resultado de daños, y de negativa a la realización de alcoholemia, de que conoce el Juzgado de Garantía de Castro.

17 de diciembre de 2015

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso primero del artículo 195 bis de la Ley de Tránsito.

La gestión judicial pendiente incide en autos sobre delitos de conducción en estado de ebriedad, con resultado de daños, y de negativa a la realización de alcoholemia, de que conoce el Juzgado de Garantía de Castro.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC, por una parte, confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2936-15.

 

 

 

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