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Pueden ser considerados como donaciones.

CGR se pronuncia acerca de recursos destinados a maratón de Santiago.

El Instituto Nacional de Deportes de Chile (IND), informó que no ha entregado recursos para financiar la Maratón de Santiago

30 de agosto de 2016

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte del diputado Morales- sobre la procedencia de entregar recursos a un evento como la Maratón de Santiago pues, a su juicio, actualmente es solo una actividad recreacional, ya que no cuenta con reconocimiento de la Federación Atlética de Chile ni de la International Association of Athletics Federations, IAAF.

El Instituto Nacional de Deportes de Chile (IND), informó que no ha entregado recursos para financiar la Maratón de Santiago y que solo ha intervenido en el marco del concurso público que anualmente debe convocar conforme al artículo 44 de la Ley N° 19.712, Ley del Deporte, para seleccionar los planes, programas, proyectos y actividades que se propongan para ser financiados mediante donaciones con fines deportivos que tengan derecho al crédito tributario establecido en el artículo 62 de ese texto legal.

Agrega que para la realización del reseñado evento en los años 2014 y 2015 se presentaron las iniciativas que individualiza, las cuales fueron solventadas a través del concurso de donaciones sujetas al anotado beneficio tributario por las empresas que menciona, mientras que en el 2016 no se recibieron por esta vía propuestas que tuvieran dicha finalidad.

Al efecto, el ente de control indicó que de la normativa en análisis se logra advertir dos mecanismos con el objeto de financiar actividades deportivas. Así, por una parte considera la entrega de recursos a través del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte y, por otro, la posibilidad que estas se solventen mediante donaciones sujetas al beneficio tributario del anotado artículo 62.

Enseguida, sostiene que, de los antecedentes tenidos en vista, aparece que los proyectos vinculados a los eventos Maratón de Santiago 2014 y 2015, se financiaron por medio del mecanismo de donaciones a que se refiere el artículo 68 de la anotada ley N° 19.712, al encontrarse inscritas en el registro respectivo, ser evaluadas por el instituto y determinarse que estaban destinados al cumplimiento de los objetivos indicados en las letras a), b), c) o d) del artículo 43 del mismo texto. Agrega, que la entidad que presentó tales iniciativas está inscrita en el registro de organizaciones deportivas que lleva el IND de conformidad con el artículo 36 de la anotada ley N° 19.712.

En consecuencia, la Contraloría expresa que, de acuerdo con lo informado por el Instituto en el año 2016, no se recibieron propuestas que tuvieran por finalidad realizar la Maratón de Santiago, y por tanto, el IND no ha entregado recursos para dicha actividad por esta otra vía.

Finalmente, el órgano contralor concluye que no se advierten inconvenientes en que el instituto haya considerado a los proyectos vinculados a los eventos Maratón de Santiago 2014 y 2015 como susceptibles de recibir dichas liberalidades, especialmente teniendo en consideración que en algunos de ellos se daba cuenta que la competencia contaba con la colaboración y certificación de la Federación Atlética de Chile.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 58.801 de 2016.

 

 

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