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Resolución aprobada por unanimidad.

Diputados buscan que las empresas que comercialicen con Enami estén al día en el pago de cotizaciones previsionales.

Los legisladores afirman que esta exigencia permite acreditar la conducta laboral y previsional del empleador ante organismos públicos o privados.

19 de diciembre de 2016

Por unanimidad, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó una resolución que solicita al Ejecutivo modificar el Reglamento de Compras de Minerales y Productos Mineros, incorporando la obligación de las empresas que comercialicen con Enami el estar al día en el pago de cotizaciones previsionales.
La solicitud fue presentada por los diputados Alvarado, Girardi, Farcas, Campos, González, Jiménez, Ceroni, Letelier y Vallejo.
Los parlamentarios sostuvieron que “gracias al aporte fiscal que Enami recibe, las empresas mineras pueden obtener financiamiento para las actividades del rubro, con recursos para tecnología minera y para programas para el desarrollo de las capacidades competitivas en los ámbitos de gestión empresarial y tecnológica”.
Los legisladores agregaron que “Enami no puede desprenderse de la realidad nacional, sabiendo que los efectos de su ejercicio van más allá de la economía y la minería, sino que alcanzan a cada familia que de una u otra forma viven, trabajan y colaboran con la minería, con el desarrollo tecnológico del país, el desarrollo sustentable e institucional del país”.
A juicio de los diputados “el efecto que busca esta resolución para la seguridad de la relaciones laborales, no es nuevo para nuestra legislación, ya que rige en materia de subcontratación laboral, bajo el mandato de la Ley 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios, en el marco de la Ley 19.886, sobre las bases de contratos administrativos de suministros y prestación de servicios”.
Asimismo, añadieron que esta exigencia “permite acreditar la conducta laboral y previsional del empleador ante organismos públicos o privados, las eventuales multas pendientes de pago y deudas previsionales que registra un empleador”.
El punto débil que detectaron en el Reglamento de Compras de Enami, especificaron, “es la falta de un elemento análogo que garantice de manera decidida el pago de las remuneraciones y las cotizaciones previsionales de los trabajadores de las pequeñas y medianas empresas mineras que se relacionen comercialmente, mediante la venta de sus productos minerales a la Enami y/o en régimen de subcontratación”.

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